Instrucción sobre la organización de la sección de cooperación internacional de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y el ejercicio de las funciones que atribuye al Ministerio Público la Ley 16/2006, de 26 de Mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano en la UE.

Circulares de la Fiscalía (March 2007)


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Summary:

I. LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN RELACIÓN A LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL. 1 Ámbito de actividad que abarca la cooperación internacional. a) Sentido estricto b) Sentido amplio. 2. La función de la Secretaría Técnica. 3 La Sección de Cooperación Internacional de la Secretaría Técnica. II. FUNCIONES OPERATIVAS Y DE COORDINACIÓN DE LAS TAREAS DE AUXILIO JUDICIAL INTERNACIONAL. 1. La Red de Fiscales de Cooperación Judicial Internacional. 2. Coordinación de desplazamientos para la ejecución de comisiones rogatorias. 3. Iber-RED III. EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES ATRIBUIDAS AL MINISTERIO PÚBLICO EN LA LEY 6/2006 POR LA QUE SE REGULA EL ESTATUTO DEL MIEMBRO NACIONAL DE EUROJUST Y LAS RELACIONES CON ESTE ÓRGANO DE LA UNIÓN EUROPEA. 1 Auxilio general al Colegio y Miembro Nacional de Eurojust 2 Funciones atribuidas exclusivamente al Fiscal General del Estado. 3 Remisión por Eurojust de un procedimiento abierto por las autoridades judiciales de otro Estado. 4 Convocatoria y asistencia a reuniones de coordinación en Eurojust. 5 Comunicación por los Fiscales de informaciones relevantes a Eurojust. IV. CONTRIBUCIÓN A LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO EN MATERIA DE JUSTICIA. 1. Introducción 2 Funciones de la Sección de Cooperación Internacional de la Secretaría Técnica en relación con la cooperación al desarrollo en materia de Justicia. V. RELACIONES INSTITUCIONALES INTERNACIONALES. PARTICIPACIÓN EN FOROS INTERNACIONALES. 1. Presencia y representación de la Fiscalía en Foros internacionales 2. Recepción de delegaciones extranjeras en la Fiscalía General del Estado. VI. CONCLUSIONES.

Extract:

Instrucción sobre la organización de la sección de cooperación internacional de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y el ejercicio de las funciones que atribuye al Ministerio Público la Ley 16/2006, de 26 de Mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano en la UE.

I. LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN RELACIÓN CON LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL.

La actividad internacional de la Fiscalía General del Estado ha experimentado estos últimos años un incremento espectacular. Son de sobra conocidas las múltiples razones que han contribuido a ello. La causa principal deriva del crecimiento general en el ámbito de la Administración de Justicia de las necesidades derivadas del auxilio judicial internacional, cuestión que ha sido anteriormente objeto específico de atención por parte de la Fiscalía General del Estado en las Instrucciones 3/2001 sobre los actuales mecanismos y modalidades de asistencia judicial internacional en materia penal y 2/2003 sobre actuación y organización de las Fiscalías en materia de cooperación judicial internacional. Pese a ello, la expansión de este área de actividad y la creación de nuevos instrumentos internacionales requiere actualizar el análisis y mejorar las formulas de coordinación, y a ello se dedican parte de las nuevas líneas organizativas que se afrontan en esta Instrucción.

Insistiendo en lo ya expresado en las Instrucciones citadas, uno de los mayores retos a los que el Estado de Derecho debe hacer frente en la actualidad es al fenómeno de la delincuencia organizada trasnacional. La globalización nos sitúa ante el gran desafío que supone la internacionalización del delito. Es una realidad innegable que los delitos que de forma más grave atentan contra nuestros valores y principios de convivencia pacífica, como el terrorismo, el tráfico de drogas, el blanqueo de dinero, la inmigración clandestina, la explotación laboral o sexual de inmigrantes o las infracciones cometidas través de redes informáticas, tienen hoy una extensa dimensión trasnacional.

Los delincuentes se organizan en estructuras internacionales, aprovechan la eliminación física de las fronteras y utilizan los avances de las comunicaciones para extender sus actividades, incrementar sus beneficios, dificultar las investigaciones policiales y judiciales y escapar de la acción de la justicia.

Frente a esta situación, y habida cuenta de las limitaciones que imponen las fronteras territoriales de las jurisdicciones, los Estados han optado por fortalecer los mecanismos de cooperación judicial internacional. Conscientes de que la actuación en este campo no puede ser unilateral, por un lado, se han fortalecido los vínculos bilaterales entre diferentes países de forma que durante los últimos años se ha incrementado notoriamente el número de convenios bilaterales en materia de auxilio judicial internacional, pero sobre todo los Estados han colaborado desde las organizaciones internacionales en que se integran -esencialmente la Unión Europea, el Consejo de Europa y Naciones Unidas-, en la creación de nuevas formas de cooperación. Estas organizaciones han dedicado durante los últimos años y siguen consagrando una importante parte de su actividad a la creación y renovación de convenios relativos al auxilio judicial y también al establecimiento de estructuras que puedan contribuir a mejorar las formulas tradicionales de cooperación convirtiéndolas en más ágiles y sobre todo suficientemente eficaces para responder al grave problema al que nos enfrentamos.

Junto a las actividades estrictamente derivadas del ejercicio del auxilio judicial transfronterizo, hay un segundo ámbito de actuación que ha ocupado también parte del esfuerzo en el ámbito internacional de la Fiscalía General del Estado y que ha consistido en el reforzamiento y extensión de la integración y participación activa en el ámbito de las distintas Conferencias Internacionales que reúnen en espacios universales o regionales a autoridades judiciales y/o los Ministerios Públicos de distintos Estados.

Efectivamente, las instituciones públicas de los distintos Estados son conscientes de que los problemas a los que, en el ejercicio de sus funciones se enfrentan, son esencialmente comunes, por lo que han surgido asociaciones, redes o cumbres profesionales que reúnen a las instituciones del ámbito de justicia de las diferentes esferas regionales o culturales con el objetivo de compartir problemas y tratar de encontrar soluciones conjuntas...

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