Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 1270/2002, Reporting Judge MARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
Case Law No.1076/2006
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/366267
Id. vLex: VLEX-366267
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
"EXPROPIACIÓN. JUSTIPRECIO. El innegable carácter técnico que inspira tanto la composición orgánica, como la función encomendada a los Jurados expropiatorios, permite afirmar que la prueba pericial será la única, en principio, idónea, para permitir con éxito tal revisión, dado que aporta al Tribunal los conocimientos técnicos necesarios que avalarían la pretensión impugnatoria; e incluso tales dictámenes periciales, deben ser rechazados, si no reúnen las garantías de imparcialidad y objetividad, que permitan su contraposición a las valoraciones del Jurado. Se desestima recurso contencioso administrativo."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 610
Ley 39/1980, de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. - Artículo 139
Jurado Provincial de Expropiación
Case of Tribunal Superior de Justicia - Comunidad Valenciana - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1076/2006, of June 09, 2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a nueve de junio de dos mil seis. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. DON JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, DON MIGUEL ÁNGEL OLARTE MADERO y DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente: SENTENCIA NUM: 1076/06 En el re...
If you are already a vLex customer, Access Here