Appeal nº 549/2006, Reporting Judge ALEJANDRO FRANCISCO GIMENEZ MURRIA
Case Law No.471/2006
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Id. vLex: VLEX-372908
INTERESES MORATORIOS. FUNDAMENTO. NATURALEZA. CONSECUENCIAS. Debido a la distinta naturaleza de los intereses retributivos y los moratorios, a éstos últimos no se les debe aplicar la Ley de Represión de la Usura. El devengo de los intereses son moratorios se produce por una previa conducta del deudor jurídicamente censurable, y su aplicación sirve tanto para reparar, sin la complicación de una prueba exhaustiva y completa, el daño que el acreedor ha recibido, como para constituir un estímulo que impulse al obligado cumplimiento voluntario, ante la gravedad del perjuicio que le produciría el impago o la mora, y es por ello que tales intereses no tienen la naturaleza jurídica de intereses reales, sino que se califican como de sanción o pena con el objetivo de indemnizar los perjuicios causados por el retraso del deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, lo que hace que no se considere si exceden o no del interés normal del dinero, ni cabe tampoco su inaplicación por abusivos. En virtud de todo ello no procede estimar la pretensión del recurrenteEn primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 398
Código Civil. - Artículo 7
Préstamo
Préstamo mercantil
Intereses
Préstamo mercantil
Condena en costas
Apelación
recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Contratos de préstamo mercantil
Entidad Financiera
Costas procesales
Condena en costas
Finalizado el proceso
Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Abuso de derecho
Concepto
Case of Audiencia Provincial - Valencia nº 471/2006, of September 29, 2006
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN UNDÉCIMA VALENCIA NIG: 46250-37-2-2006-0003385 Procedimiento: Recurso de apelación Nº 549/2006- M - Dimana del Juicio Ordinario Nº 49/2005 Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE CATARROJA Apelante/s: Federico , Mónica . Procurador/es.- ENCARNACION PEREZ MADRAZO. Apelado/s: BANCO ESPAÑOL DE CREDITO SA. Procurador/es.- SILVIA LOPEZ MONZO. SENTENCIA Nº 471/06 ===...
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