Appeal nº 957/2005, Reporting Judge JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
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"DENEGACIÓN DE CONCESIÓN DE MARCA. Son suficientemente semejantes las denominaciones contrapuestas para inducir a confusión en el mercado, al designar ambas marcas servicios idénticos o similares, ya que se deduce que la convivencia entre las marcas genera dilución o debilitamiento de la marca prioritaria. En primera instancia se desestima el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Industria de Diseño Textil S.A. contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas desestimatoria del recurso de alzada contra la resolución que concedió la marca nº 2169121 ZARATOS (mixta) en clase 39; sin costas. Se estima el recurso de casación interpuesto por INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A., se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución, que se declara nula por no ser conforme a Derecho, declarando la denegación del registro de la referida marca. Sin costas."

Constitución Española de 1978. - Artículo 51
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículos 95 , 139
Ley 32/1988, de 10 de Noviembre, de Marcas. de 10 de Noviembre, de Marcas. - Artículos 12 , 13
Propietario de la marca
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of January 21, 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Enero de dos mil ocho.VISTO el recurso de casación número 957/2005, interpuesto por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, en representación de la Entidad Mercantil INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A., con asistencia de Letrado, contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de junio de 2004, dictada en el recurso contencioso-administrativo 642/2000, seguido contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de febrero de 2000, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la precedente resolución de 20 de mayo de 1999, que concedió el registro de la marca nacional número 2.169.121 "ZARATOS" (mixta), para amparar servicios comprendidos en la clase 39 del Nomenclátor Internacional de Marcas. Ha sido parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el proceso contencioso-administrativo número 642/2000, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia de fecha 25 de junio de 2004, cuyo fallo dice literalmente:«FALLAMOS: Que desestimamos el recurso interpuesto por la representación de Industria de Diseño Textil S.A. contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de Febrero de 2000 desestimatoria del recurso de alzada contra la resolución de 29 de Mayo de 1999 que concedió la marca nº 2169121 ZARATOS (mixta) en clase 39; sin imposición d...
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