Appeal nº 852/2006, Reporting Judge JUAN GONZALEZ RODRIGUEZ
Case Law No.124/2007
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Id. vLex: VLEX-37392360
ADMINISTRACION DEL ESTADO

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 139
Real Decreto 1484/1987, de 4 de Diciembre, sobre Normas generales relativas a Escalas, categorias, personal facultativo y Tecnico, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo nacional de Policia. de 4 de Diciembre, sobre Normas generales relativas a Escalas, categorias, personal facultativo y Tecnico, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo nacional de Policia. - Artículo 17
LEY ORGÁNICA 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Sentencia nº 124/2007 of March 07, 2007 of Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 of Murcia
JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 6
MURCIASENTENCIA: 00124/2007AUTOS NUM. 852/2.006 DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO.-Murcia, siete de marzo de 2.007.-Vistos los autos de procedimiento abreviado num. 852/2.006, seguidos a instancias de D./Dª. Julián,representado/a y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª. Mª. JOSÉ RABAL VALERO, contra la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO ENMURCIA, representado/a y asistido/a por el/la ABOGADO DEL ESTADO,EN NOMBRE DEL REY,dicto la siguienteSENTENCIA.- I.-ANTECEDENTES DE HECHO.- UNICO.- El día 2-11-2.006 el/la Letrado/a D./Dª. Mª. JOSÉ RABAL VALERO, en la representación indicada, formuló demanda de recurso contencioso-administrativo de la que se dio traslado a la parte demandada, convocando a ambas a juicio celebrado el día 6-3-2.006 en el que: la recurrente se ratificó en su demanda y la demandada se opuso, quedando los autos conclusos para sentencia previo recibimiento a prueba de los mismos; habiendo observado en la tramitación de los presentes autos todas las prevenciones legalmente previstas.II....
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