Appeal nº 128/2007, Reporting Judge JESUS GARCIA GARCIA
Case Law No.217/2007
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Id. vLex: VLEX-37402085
"LESIONES. Reconoce la parte apelante que entre Luis Carlos y Marco Antonio existen malas relaciones, y que se enzarzaron en una riña, y en el transcurso de la misma el aquí apelante cogió un palo que utilizó en legitima defensa, y como surgiera la posibilidad de su utilización Marco Antonio retrocedió y se cayó en la calzada. Sin embargo, basta comprobar las lesiones que padeció Marco Antonio para comprobar que lo que se produjo fue un intercambio de golpes entre Marco Antonio y Luis Carlos. La cantidad de erosiones, contusiones y rasguños que aquél tuvo no pueden ser sólo fruto de una caída. Se condena ala cusado. Se desestima la apelación."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 239 , 240 , 976
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 20 , 109 , 116 , 617 , 620
Denunciante
Lesiones
Lesiones al feto
Lesiones
Case of Audiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª nº 217/2007, of November 02, 2007
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILASENTENCIA: 00217/2007AUDIENCIA PROVINCIALDEAVILAROLLO Nº 128/07APELACIÓN JUICIO FALTAS Nº 469/05JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE AREVALO------------------------------------------------------------------------ ---------------------Este Tribunal unipersonal compuesto por el Magistrado de esta Audiencia, Iltmo. D. JESUS G...
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