Appeal nº 227/2007/, Reporting Judge SANTIAGO GARCIA GARCIA
Case Law No.162/2007
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Id. vLex: VLEX-37474777
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. Entendemos que el hecho de que el actor apelante incluso haya interpuesto un tabique entre su edificación y el muro para preservarse de humedades y desprendimientos de éste, indica el carácter privativo del muro, que pertenecería al inmueble del demandado apelado vecino porque existe así un signo contrario a la presunción de medianería, como es también el hecho de que no carga su construcción sobre ella ni las vigas se introducen en su espesor. Por tanto, dicha pared divisoria no es muro de carga de la vivienda, a la que no cierra. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 394 , 395 , 398
Responsabilidad civil extracontractual
Demandado
Responsabilidad extracontractual
Case of Audiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª nº 162/2007, of November 30, 2007
162/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVASección PrimeraRECURSO:Recurso de APELACION 227/07Proc. Origen: Ordinario 153/06Juzgado Origen :1ª Instancia num. 1 de AracenaSENTENCIAIltmos. Sres.:D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGOD. SANTIAGO GARCIA GARCIA (Ponente)D. FRANCISCO BELLIDO SORIAEn Huelva, a treinta de Noviembre del año dos mil siete.-La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia d...
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