Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 570/2003, Reporting Judge HERIBERTO ASENCIO CANTISAN
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Id. vLex: VLEX-375021
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. ACTIVIDADES ALCANZADAS. Son supuestos de no sujeción al impuesto sobre el valor añadido, las prestaciones de servicios realizadas directamente por los Entes públicos, así como los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivados de relaciones laborales o administrativas, entre los cuales quedan incluidos los servicios prestados por los Registradores de la Propiedad, como liquidadores de la Oficina de Distrito Hipotecario. Se desestima la demanda. Se estima la apelación.

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 274
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículo 4
Actor
Registradores
Demarcación de los Registros
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of April 28, 2005
S E N T E N C I A
ILMOS SRES. D.Heriberto Asencio Cantisán D.Guillermo Sanchis Fdez Mensaque D.José Ángel Vázquez García En Sevilla, a 28 de abril de 2.005. La Sección Cuarta de la Sala de Lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los magistrados que al margen se expresan, ha visto en el nombre del Rey el recurso número 570/2003, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: la Administración de la Junta de Andalucía, representada y dirigida por Letrada de su Servicio Jurídico; y DEMANDADA: el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, cuya defensa asumió el Abogado del Estado. Ha sido ponente D. Heriberto Asencio Cantisán ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La parte actora interpuso recurso contencioso administrativo contra acuerdo del TEARA, de fecha 22 de noviembre de 2.002, recaído en reclamaciones acumuladas 41/1533/02, 41/2275/02, 41/3122/02, 41/3942/02, 41/4709/02, 41/5083/02 y 41/5599/02 por el que se desestima reclamación económico adm...
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