Sobre la cuestión de una «nueva punitividad» - Actitudes sancionadoras y política sancionadora

Derecho penal y criminología como fundamento de la política criminal

Helmut Kury; Martin Brandenstein - Instituto Max Planck para Derecho penal extranjero e Internacional, Universidad Albert-Ludwig, Friburgo de Brisgovia
Section: Estudios de criminología
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Id. vLex: VLEX-37865152

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Summary:

1. Introducción 2. Actitudes sancionadoras 2.1. Actitudes sancionadoras en EE.UU. 2.2. Actitudes sancionadoras en otros países 2.2.1. Gran Bretaña 2.2.2. Canadá 2.2.3. Australia 2.2.4. Francia 2.2.5. Alemania 3. Debate Bibliografía

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Sobre la cuestión de una «nueva punitividad» - Actitudes sancionadoras y política sancionadora

1. Introducción

En los últimos años, tanto en la criminología alemana como en la internacional se ha planteado cada vez con más frecuencia la cuestión de en qué medida se han intensificado entre la población las actitudes sancionadoras o el comportamiento sancionador de las instancias oficiales de control y sanción. En reiteradas ocasiones se llega al resultado de que las reclamaciones de sanciones por parte de la población se hubieran intensificado, como mínimo, frente a determinados grupos de delincuentes, como pueden ser los delincuentes sexuales o los delincuentes (juveniles) violentos, y sobre todo de que los tribunales, en parte por el trasfondo existente de leyes más severas, también sancionaran con mayor dureza, impusieran más penas privativas de liberad y fueran más reticentes por cuanto respecta a las medidas de redención en el cumplimiento de las penas o a la excarcelación anticipada (cfr. Kury 1999; Kury y Obergfell- Fuchs 2006; Kury y otros, 2004). Con el trasfondo de las evoluciones sociales y los debates sobre la delincuencia y la seguridad interior, en los últimos años y décadas ha ido aumentando la sensibilidad de la población. Continuamente se han ido «descubriendo» (por ejemplo, por parte del movimiento feminista) «nuevos» ámbitos de delincuencia, y se ha ido exigiendo un endurecimiento de las penas. Baste pensar, por ejemplo, en la violencia (sexual) contra las mujeres y los niños, en la violencia en el seno de la familia o, más recientemente en Alemania, en el acoso (stalking). Por regla general, la referencia a estos ámbitos delincuenciales, hasta ahora mayoritariamente poco atendidos, va acompañada de la reclamación de ayudas, más prevención y, sobre todo, de la imposición de penas más duras y consecuentes a los autores. El «redescubrimiento» de las víctimas de hechos delictivos está ligado por regla general a la exigencia de más protección para las mismas, la cual las más de las veces, siguiendo un patrón milenario, se ve en primer término en un endurecimiento de las penas para los delincuentes, con la esperanza de que con ello no sólo se arredrarán los au -tores, sino, con un sentido de prevención general, también potenciales delincuentes futuros.

En este proceso de atizar actitudes sancionadoras más duras entre la población desempeñan un papel fundamental los medios de comunicación. La aparición de emisoras privadas y la ingente expansión de la oferta mediática provocó ante todo, entre otros factores, una competencia claramente mayor por los ín dices de audiencia y las cifras de abonados. Para captar la atención de los so -bresaturados destinatarios era necesario informar de manera cada vez más es -pectacular y «única». Como el sex and crime es tradicionalmente un tema que atrae la atención de la población, se pasó a volcarse sobre todo en informar sobre casos criminales (graves). Por ejemplo, en septiembre el caso de Natascha Kampus, que fue raptada por un hombre en las cercanías de Viena cuando tenía diez años de edad y que permaneció secuestrada durante ocho años en una mazmorra en un sótano antes de lograr huir de su captor, consiguió un alto grado de atención internacional: la primera entrevista televisada efectuada a la muchacha tuvo índices de audiencia enormemente altos, y posteriormente se han realizado análisis e interpretaciones del caso. La selección de los casos criminales de los que se informa es, evidentemente, en extremo selectiva: únicamente se informa sobre aquello que es «noticia», y por tanto algo destacado, espectacular y extraordinario. En este sentido, para la mayoría de los medios las «malas noticias» son «buenas noticias». Si en el año 2000 el tiempo promedio que los mayores de 14 años veían la televisión en Alemania era 185 minutos, en 2005 la cifra aumentaba a 220 minutos. Sólo el consumo de radio lograba mantener el paso (cfr. Schwind 2006, pp. 280 y ss.). Se informa de manera extremadamente selectiva, incluso sobre las penas aplicadas o que deben aplicarse; puesto que una amplia mayoría de la población apenas tiene o utiliza otras fuentes de información sobre la delincuencia, se genera una imagen enormemente tergiversada de lo que es la delincuencia y de cómo debe abordarse el control de la misma (cfr. Schwind 2006, pp. 278 y ss., Kerner y Feltes 1980; Beckett y Sasson 2004, pp. 73 y ss.).

Si la mentalidad sancionadora en los países industrializados de Europa occidental y del norte, como por ejemplo en Alemania, es aún relativamente moderada, en las encuestas los ciudadanos de los estados de la antigua Unión Soviética (como continúa ocurriendo en el territorio de la antigua RDA) exigen sanciones más severas, bien pudiera ser porque crecieron con ellas y han «aprendido» que con ellas se puede y se debe mantener «bajo control» la delincuencia (cfr. por ejemplo, respecto a Azerbaiyán, Kury y otros, 2006). Por tanto, la tradición sancionadora de un país también influye sobre las actitudes de sus ciudadanos, algo que es n...

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