Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales - Nbr. LIII, January 2000

M.a del Carmen Figueroa Navarro Abel Téllez Aguilera - Universidad de Alcalá de Henares
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Artículo 1.2 (Y 101 A 104). Artículo 5. Artículo 8.1. Artículo 11. Artículo 16.1. Artículo 16.2. Artículo 20.1. Artículo 20.2. Artículo 20.4. Artículo 20.5. Artículo 20.6. Artículo 21.2. Artículo 21.4. Artículo 21.6. Artículo 22.1. Artículo 22.2. Artículo 22.5. Artículo 22.8. Artículo 23. Artículo 28. Artículo 29. Artículo 50.5. Artículo 53.3. Artículo 56. Artículo 57. Artículo 58.1. Artículo 66.1.A. Artículo 74. Artículo 76. Artículo 77. Artículo 88. Artículo 101.1. Artículo 120.3. Artículo 120.4. Artículo 121. Artículo 122. Artículo 131.1. Artículo 138. Artículo 142. Artículo 417 bis (CP 1973). Artículo 147. Artículo 150. Artículo 153. Artículo 163.4. Artículo 167. Artículo 169. Artículo 175. Artículo 178. Artículo 179. Artículo 180.3. Artículos 181.2 Y 3. Artículo 181.3. Artículo 184. Artículo 186. Artículo 187. Artículo 188. Artículo 189.3. Artículo 192.2. Artículo 197. Artículo 202. Artículo 203. Artículo 232. Artículo 234. Artículo 237. Artículo 238.1.a. Artículo 241.1. Artículo 242.1. Artículo 242.2. Artículo 242.3. Artículo 244. Artículo 248. Artículo 250.1.6.a. Artículo 250.1.7.a. Artículo 251.1. Artículo 251.2. Artículo 252. Artículo 257. Artículo 263. Artículo 268. Artículo 274. Artículo 290. Artículo 307. Artículo 308.1. Artículo 311. Artículo 316. Artículo 325. Artículo 335. Artículo 351. Artículo 364. Artículo 368. Artículo 369.3. Artículo 370. Artículo 390.1.2.a. Artículo 390.1.4.A. Artículo 392. Artículo 393. Artículo 403. Artículo 404. Artículo 412. Artículo 420. Artículo 432. Artículo 435.3. Artículo 464. Artículo 467. Artículo 550. Artículo 552. Artículo 564. Artículo 568. Artículo 576.

Citations:

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Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. de 26 de septiembre, General Penitenciaria. - Artículo 3

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REAL DECRETO 1373/1997, de 29 de Agosto, por el que se prohibe utilizar determinadas sustancias de Efecto hormonal y Tireostatico y Sustancias beta-agonistas de Uso en la Cria de Ganado. de 29 de Agosto, por el que se prohibe utilizar determinadas sustancias de Efecto hormonal y Tireostatico y Sustancias beta-agonistas de Uso en la Cria de Ganado.

REAL DECRETO 1904/1993, de 29 de Octubre, por el que se establece las Condiciones sanitarias de Produccion y Comercializacion de Productos carnicos y de Otros determinados productos de Origen animal. de 29 de Octubre, por el que se establece las Condiciones sanitarias de Produccion y Comercializacion de Productos carnicos y de Otros determinados productos de Origen animal.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal. de 23 de Noviembre, del Código Penal.

LEY 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna silvestre, caza y Pesca fluvial. de 21 de abril, de la Fauna silvestre, caza y Pesca fluvial. - Artículo 75

LEY ORGANICA 1/1996, de 15 de Enero, de Proteccion juridica del Menor, de Modificacion parcial del Codigo civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil. de 15 de Enero, de Proteccion juridica del Menor, de Modificacion parcial del Codigo civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil.

REAL DECRETO 190/1996, de 9 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento penitenciario. de 9 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento penitenciario.

LEY ORGÁNICA 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Real Decreto 2090/1982, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Estatuto general de la abogacia. de 24 de Julio, por el que se aprueba el Estatuto general de la abogacia. - Artículo 39

Ley Organica 8/1983, de 25 de Junio, de Reforma urgente y Parcial del Codigo penal. de 25 de Junio, de Reforma urgente y Parcial del Codigo penal.

Ley Orgánica 1/1986, de 8 de Enero, de supresión de la Jurisdicción penal aeronáutica y adecuación de Penas por infracciones aeronáuticas. de 8 de Enero, de supresión de la Jurisdicción penal aeronáutica y adecuación de Penas por infracciones aeronáuticas.

Real Decreto 2409/1986, de 21 de Noviembre, sobre Centros sanitarios acreditados y Dictamenes preceptivos para la Practica legal de la Interrupcion voluntaria del Embarazo. de 21 de Noviembre, sobre Centros sanitarios acreditados y Dictamenes preceptivos para la Practica legal de la Interrupcion voluntaria del Embarazo.

Ley Organica 2/1986, de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. - Artículo 11

Ley Organica 3/1988, de 25 de Mayo, de Reforma del Codigo penal. de 25 de Mayo, de Reforma del Codigo penal.

Ley Organica 5/1988, de 9 de Junio, sobre Modificacion de los articulos 431 y 432 y derogacion de los articulos 239, 566.5, 567.1 y 3 y 577.1 del Codigo penal. de 9 de Junio, sobre Modificacion de los articulos 431 y 432 y derogacion de los articulos 239, 566.5, 567.1 y 3 y 577.1 del Codigo penal.

Real Decreto 1262/1989, de 20 de Octubre, por el que se aprueba el Plan nacional de Investigacion de Residuos en los animales y En las Carnes frescas. de 20 de Octubre, por el que se aprueba el Plan nacional de Investigacion de Residuos en los animales y En las Carnes frescas.

Ley Organica 3/1989, de 21 de Junio, de actualizacion del Codigo penal. de 21 de Junio, de actualizacion del Codigo penal.

Real Decreto 1095/1989, de 8 de Septiembre, por el que se declaran las Especies objeto de Caza y Pesca y Se establecen normas para su proteccion. de 8 de Septiembre, por el que se declaran las Especies objeto de Caza y Pesca y Se establecen normas para su proteccion.

REAL DECRETO 2490/1998, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica. de 20 de noviembre, por el que se crea y regula el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica.

Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 17 , 51 , 108 , 261 , 269 , 300 , 490 , 492 , 504 , 793 , 824 , 847 , 848 , 849 , 884 , 885 , 899 , 903 , 988

LEY ORGÁNICA 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.

Extract:

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Artículo 1.2 (Y 101 A 104)

La imposición de una medida de seguridad exige como presupuesto necesario la apreciación de la eximente completa o incompleta fundada en la anulación o disminución de la imputabilidad del acusado

Único. El Ministerio Fiscal interpuso recurso de casación contra la Sentencia, basándolo en un único motivo, amparado en el artículo 849.1.° de la LECrim, por infracción, por indebida aplicación del artículo 105, en relación con los artículos 95, 101, 102, 103 y 104 del Código Penal de 1995.

En el desarrollo del motivo se consideran transgredidos los preceptos citados 95, 101, 102, 103 y 104 del Código Penal de 1995, que restringen la aplicación de las medidas de seguridad no privativas de libertad, establecidas en el artículo 105 del CP, a las personas declaradas exentas de responsabilidad penal en virtud de las causas de inimputabilidad 1.a, 2.a y 3.a del artículo 20 del citado Cuerpo Legal, y a las declaradas semi-imputables, por concurrir en ellas una eximente incompleta de responsabilidad penal, relacionada con su imputabilidad, prevista en el artículo 21.1.° del CP, en relación con las circunstancias 1.a, 2.a y 3.a del artículo 20 del mismo Cuerpo Legal; ya que en relación con el acusado Félix P. N., la Sentencia impugnada no hizo mención en el relato de hechos probados de que padeciera, de forma completa o incompleta, anomalías psíquicas, intoxicación por consumo de alcohol o drogas tóxicas o sufriera alteraciones de la percepción desde el nacimiento o la infancia que le hubiesen alterado gravemente la conciencia de la realidad, y en el fundamento de derecho cuarto de la misma Resolución se llega a la conclusión de que en los delitos de abusos sexuales imputados a Félix P. N. no concurrieron circunstancias modificativas de la responsabilidad; y por ello, ajuicio del Ministerio Fiscal, infringió los artículos 95, 101, 102, 103, 104 y 105 del Código Penal de 1995, el pronunciamiento de la Sentencia de la Sección 16.a de la Audiencia Provincial de Madrid, que aplicó al penado las medidas de seguridad consignadas en los apartados a), c) y f) del artículo 105 del citado Cuerpo Legal.

La representación de Félix P. N. se opuso al recurso del Ministerio Fiscal, por entender que las medidas de seguridad acordadas por el Tribunal sentenciador y la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, se hallaban justificadas por la situación familiar del acusado, y para no poner en peligro las medidas psiquiátricas y psicológicas, adoptadas por el mismo y su familia antes de ser juzgado, y que trataban de evitar la desintegración económica y moral del grupo familiar.

El motivo debe ser estimado.

El artículo 117 de nuestra Constitución establece la remisión de los Jueces y Tribunales al imperio de la ley.

El artículo 1.2.° del Código Penal de 1995, preceptúa que las medidas de seguridad sólo podrán aplicarse cuando concurren los presupuestos establecidos previamente por la ley.

Pues bien, en el presente caso, según los términos ya reseñados del recurso del Fiscal, no se dieron los presupuestos que permiten la adopción de medidas de seguridad, y que consisten en:

1.°) Que se haya cometido un delito (regla 1 .a del art. 95 del CP); 2.°) Que del hecho y de las circunstancias personales del sujeto pueda deducirse un pronóstico de comportamiento futuro que revela la probabilidad de comisión de nuevos delitos (regla 2.a del art. 95 del Código Penal de 1995); y 3.°) Que la persona a la que se imputa el hecho delictivo se halla exenta de responsabilidad penal conforme a los núms. 1.°, 2.° y 3.° del artículo 20 del CP (según lo dispuesto en los arts. 101, 102 y 103 del CP) o se halle amparada por una eximente incompleta, relacionada con los núms. 1.°, 2.° y 3.° del artículo 20 del citado Cuerpo Legal (conforme a lo prevenido en el art. 104 del Código Penal de 1995). Concurría en el supuesto enjuiciado el presupuesto primero de la comisión de delitos por una persona, y podría estimarse concurrente el presupuesto segundo, de probabilidad de futura comisión de delitos de idéntica naturaleza a los imputados en la Sentencia condenatoria. Pero no se dio en cambio el presupuesto tercero, de la concurrencia de una eximente completa o incompleta, basadas en la de anulación o disminución de la imputabilidad de Félix P. N., sin que pueda englobarse en tales causas de exención o de atenuación la situación que afectó al acusado por formar parte de una familia incestuosa disfuncional, según los términos utilizados por el recurrente.

Por lo que procede casar la Sentencia recurrida, en el sentido de anular las medidas de seguridad decretadas en la Sentencia, y dejando sin efecto la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas a Félix P. N., y ello, sin perjuicio de que la Audiencia pueda solicitar el indulto total o parcial de las penas, al amparo de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 4 del CP si estima se dan los presupu...

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