Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 4934/2007, Reporting Judge MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
Case Law No.1025/2007
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Id. vLex: VLEX-38458533
DESPIDO IMPROCEDENTE. La Juzgadora a quo desestima el salario reclamado por los meses de junio, julio, agosto y 21 días de septiembre, en el hecho de haber sido despedida la trabajadora el día 30 de junio de 2005, por haberse celebrado el acto de conciliación del despido el día 21 de septiembre de 2005, con avenencia, incluyendo los salarios de tramitación, por lo que aprecia la excepción de cosa juzgada respecto de dichas cantidades, pero no tiene en cuenta que ciertamente el despido fue en dicha fecha, no en mayo como temerariamente manifiesta el recurrido y que, por consiguiente los salarios de tramitación no comprendían el mes de junio, por lo que, respecto del mismo no hay cosa juzgada ni se ha procedido a su pago por el demandado, procediendo la estimación del recurso. Se estima parcialmente la demanda. Se estima la apelación.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 191 , 219 , 227 , 228
Trabajador
Despido improcedente
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Social nº 1025/2007, of December 27, 2007
RSU 0004934/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRIDSALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)N.I.G: 28079 34 4 2007 0024327, MODELO: 46050TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004934 /2007Materia: CONTRATOS DE TRABAJORecurrente/s: RaquelRecurrido/s: ClementeJUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 20 de MADRID de DEMANDA 0000560 /2005 DEMANDA 0000560/2005Se...
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