Appeal nº 597/2007, Reporting Judge JOSE ANGEL CHAMORRO VALDES
Case Law No.807/2007
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Id. vLex: VLEX-38459102
PENSIÓN DE ALIMENTOS. EXTINCIÓN. Lo expuesto determina la ausencia en el mencionado hijo de los requisitos previstos en el párrafo segundo del artículo 93 del Código Civil que exige para el establecimiento o mantenimiento de pensión alimenticia a favor de los hijos mayores en las sentencias matrimoniales la permanencia en la vivienda familiar y la carencia de autonomía económica por causas ajenas a la voluntad del hijo. Por todo ello hay que concluir que la extinción de la pensión alimenticia es conforme a Derecho, y esta decisión no queda desvirtuada por la inestabilidad laboral del hijo mencionado, ya que esta es una característica generalizada en el mundo laboral actual que afecta en gran medida a los trabajadores más jóvenes. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 394 , 398
Código Civil. - Artículos 90 , 93
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 248
Padre
Alimentos
Extinción
Extinción de la obligación de alimentos
Case of Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª nº 807/2007, of December 26, 2007
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRIDSENTENCIA: 00807/2007 AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRIDSección 22C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210N.I.G. 28000 1 7033215 /2007Rollo: RECURSO DE APELACION 597 /2007Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 323 /2006Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de PARLADe: EugeniaProcurador: SIN PROFESIO...
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