BOPA. Boletín Oficial del Principado de Asturias , June 04, 2008 (Nbr. 129)
I - Principado de Asturias - Junta General del Principado
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Rectificación de errores de la Reforma del Reglamento de la Junta General del Principado de Asturias, aprobada por el Pleno de la Junta General en sesión de 16 de mayo de 2008 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias número 129, de 4 de junio de 2008.

Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. - Artículo 28
Reforma del Reglamento de la Junta General.
En sesión plenaria de 16 de mayo de 2008, la Junta General del Principado de Asturias, al amparo de lo previsto en el artículo 28.1 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y en la disposición final primera de su Reglamento, ha aprobado la siguiente
Reforma del Reglamento de la Junta GeneralPreámbulo1. La Ley del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas, modificada posteriormente por la Ley del Principado de Asturias 3/2006, de 10 de marzo, y la Ley del Principado de Asturias 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General, contienen, en lo que atañe a sus relaciones con la Junta General, numerosas remisiones al Reglamento de la Cámara, que, por haber sido aprobado éste con anterioridad a la creación de la Sindicatura de Cuentas y del Procurador General, están sin rellenar.2. El objeto de la presente reforma del Reglamento de la Junta General es precisamente atender a esas remisiones, implementando, mediante la articulación de los procedimientos parlamentarios correspondientes, el ordenamiento regulador de las relaciones de la Cámara con la Sindicatura de Cuentas y el Procurador General.Artículo uno.—Relaciones con la Sindicatura de Cuentas.Se añade un nuevo título XIII bis al Reglamento de la Junta General del Principado de Asturias de 18 de junio de 1997 del siguiente tenor:TÍTULO XIVDE LAS RELACIONES CON LA SINDICATURA DE CUENTASCAPÍTULO IDe la elección y cese de los SíndicosArtículo 226La elección y cobertura de vacantes de Sí...
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