Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2004, January 2006
Fernando Fernández de Trocóniz - Abogado del Estado
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Legitimación para solicitar la revisión de oficio. Alcance de la modificación de diseño de una central nuclear. Intervención del Consejo de Seguridad Nuclear.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 31 , 32 , 60 , 62 , 102
Ley 15/1980, de 22 de abril, de Creacion del Consejo de Seguridad nuclear. de 22 de abril, de Creacion del Consejo de Seguridad nuclear.
REAL DECRETO 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
Legitimación para solicitar la revisión de oficio
Informe elaborado en el 2004 por don Fernando Fernández de Trocóniz, Abogado del Estado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
I. Por las recurrentes se instó del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) la revisión de oficio al amparo del artículo 102 de la Ley de 26 de noviembre de 1992 del acuerdo tomado en la reunión de 2 de junio de 2003 por el que se otorgó a la central nuclear de Almaraz la exención por un período de 30 días de determinadas especificaciones técnicas de funcionamiento (ETF). Por el Consejo se inadmitió a trámite la solicitud, siendo tal acto el objeto de este recurso. Extendiendo el recurso a la declaración de nulidad del acuerdo de 2 de julio de 2003. El citado art&iacut...
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