Derecho transitorio

Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2004, January 2006

Abogacía General del Estado
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Consulta sobre la interpretación de las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). Distinción entre el mandato de adecuación de la normativa anterior en un plazo y la vigencia transitoria de las normas anteriores, limitada exclusivamente a las procedimentales (salvo las normas relativas a procedimientos de control financiero, reintegro y revisión de actos). Aplicación de las normas (sustantivas) vigentes en el momento en que deba dictarse la resolución.

Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Constitución Española de 1978. - Artículos 1 , 9 , 149 , 230

Código Civil. - Artículo 2

Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículo 20

REAL DECRETO-LEY 14/1993, de 4 de agosto, por el que se modifica la Disposicion adicional tercera y la Disposicion transitoria segunda de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Regimen juridico de las administraciones publicas y del Procedimiento administrativo comun. de 4 de agosto, por el que se modifica la Disposicion adicional tercera y la Disposicion transitoria segunda de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Regimen juridico de las administraciones publicas y del Procedimiento administrativo comun.

LEY 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas.

ORDEN ECO/2771/2003, de 24 de septiembre, sobre ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de reestructuración y racionalización de la actividad de las empresas mineras del carbón. de 24 de septiembre, sobre ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de reestructuración y racionalización de la actividad de las empresas mineras del carbón.

LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Artículo 13

ORDEN ECO/180/2004, de 21 de enero, por la que se regulan las ayudas a la industria minera del carbón para el primer semestre del ejercicio de 2004, correspondientes a las previstas en los artículos 4 y 5 del Reglamento (CE) 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón. de 21 de enero, por la que se regulan las ayudas a la industria minera del carbón para el primer semestre del ejercicio de 2004, correspondientes a las previstas en los artículos 4 y 5 del Reglamento (CE) 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Extract:

Derecho transitorio

Dictamen de la Abogacía General del Estado de 13 de mayo de 2004 (ref.: A. G. Economía 1/04). Ponente: M.ª Jesús Prieto Jiménez.

Antecedentes .

Del borrador de informe remitido con el escrito de consulta se desprenden los siguientes antecedentes de la cuestión planteada:

1. Con fecha 31 de octubre de 2003 «X, S. A.» solicitó al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras (IRMC) acogerse a la letra a) del punto primero de la Orden ECO/2771/2003, de 24 de septiembre, sobre ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de reestructuración y racionalización de la actividad de las empresas mineras del carbón, dictada en ejecución del artículo 7 del Reglamento (CE) 1407/2002, de 23 de julio, sobre ayudas estatales a la industria del carbón.

Asimismo, «X, S. A.» ha solicitado las ayudas a la industria minera del carbón para el primer semestre del ejercicio 2004 que se regulan en la Orden ECO/180/2004, de 21 de enero de 2004, correspondientes a las previstas en los artículos 4 y 5 del Reglamento (CE) 1407/2002, del Consejo, de 23 de julio, sobre ayudas estatales a la industria del carbón.

2. En virtud de la Decisión 2002/827/CECA, de 2 de julio, la Comisión declaró incompatibles con el mercado común (art. 1) determinadas ayudas estatales concedidas por España a la empresa minera «X, S. A.» en 1998, 2000 y 2001 para cubrir cargas excepcionales de reestructuración en virtud del artículo 5 de la Decisión número 3632/93/CECA, ordenando a España -destinataria de la Decisión comunitaria de acuerdo con el art. 7 de la misma- la adopción de «todas las medidas necesarias para obtener de la empresa «X, S. A.» la recuperación de las ayudas correspondientes a 1998 y 2000 mencionadas en el artículo 1» (art. 2), así como de «todo pago realizado con anticipación a una autorización de la Comisión que pueda haber efectuado España a la empresa X y que sea superior a las ayudas autorizadas para dicha empresa en el ejercicio 2001» (art. 5).

3. Con fecha 4 de octubre de 2002, el entonces Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la PYME, en su condición de Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, dictó Resolución acordando la ejecución de la Decisión 2002/827/CECA y requiriendo a «X, S. A.» para que procediera a ingresar en el Tesoro Público las ayudas declaradas ilegales con sus correspondientes intereses. Dicha resolución fue objeto de recurso contencioso-administrativo interpuesto por «X, S. A.» y desestimado por la sentencia de 15 de enero de 2004 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 1, que confirmó la resolución recurrida.

4. «X, S. A.» recurrió, asimismo, la Decisión 2002/827/CECA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aunque dicho recurso quedó archivado por pérdida sobrevenida de su objeto, al haber sido suprimidos los ...

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