Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2002, January 2004
Francisco José Vázquez Garrido - Abogado del Estado-Jefe
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Declinatoria de Jurisdicción. Imposibilidad de constituir servidumbres sobre bienes de dominio público. Absolución en la instancia del Estado, continuando el procedimiento civil con las demás partes demandadas.

Constitución Española de 1978. - Artículo 132
Código Civil. - Artículo 564
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 9
Ley 25/1988, de 29 de Julio, de Carreteras. de 29 de Julio, de Carreteras. - Artículo 21
Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento General de carreteras. de 2 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento General de carreteras.
Constitución de servidumbres sobre bienes de dominio público. Declinatoria de jurisdicción
Escrito elaborado el 3 de octubre de 2002.
Alegaciones I. Pretensión del demandante.-La entidad demandante pretende la constitución de una servidumbre de paso permanente invocando los artículos 564 y siguientes del Código Civil, siendo esta una cuestión puramente civil y totalmente ajena a la Administración del Estado, debiéndose ventilar exclusivamente entre los propietarios de las fincas colindantes con la del demandante. La Administraci...
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