La Notaría - Nbr. 39, March 2007
Gonzalo Freire Barral - Notario de Pobra do Caramiñal
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Id. vLex: VLEX-389285
Se presenta una instancia privada en el Registro, solicitando la cancelación por caducidad de una anotación preventiva de embargo que había sido prorrogada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000, al amparo de la nueva redacción dada por ésta al artículo 86 de la Ley Hipotecaria. Denegada la cancelación pretendida por el Registrador, el presentante interpone recurso que es desestimado por el Centro Directivo.
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