Los derechos de los usuarios del transporte aéreo (2006)
Miguel Nieto Menor; Pablo Fernando Poza
Section: Sumario
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1. Reservas. -2. Tarifas. -3. Billete. -4. Compañía operadora. -5. Embarque: A) Hora límite de aceptación. B) Documentación.

REAL DECRETO 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Reserva, adquisición de billetes y embarque
A la hora de reservar y adquirir un billete de avión el pasajero está suscribiendo un contrato de transporte con la compañía aérea, que conlleva tanto una serie de derechos como distintas obligaciones. El contrato de transporte da derecho al pasajero a ser transportado junto con su equipaje de acuerdo con las Condiciones Generales de Transporte de la compañía aérea, que pueden consultarse en sus oficinas y se encuentran resumidas en el documento denominado billete de pasaje, y que también son de aplicación al billete electrónico. Antes de reservar el billete el usuario debe informarse plenamente de las condiciones del servicio ofrecido por la compañía aérea. La plena información al usuario del transporte aéreo sobre el servicio contratado resulta fundamental, siendo uno de los objetivos fundamentales de la política de ...
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