Consulta relativa al Proyecto Piloto de Receta Electrónica en la Comunidad de Madrid

Datos Personales - Nbr. 33, May 2008


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Consulta presentada por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid y la Dirección General de Farmacia y Productos Farmacéuticos, en la que se plantea si es conforme con lo dispuesto por la normativa sobre protección de datos lo establecido en el "Protocolo General entre la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid para el Proyecto Piloto de Receta Electrónica".

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Consulta relativa al Proyecto Piloto de Receta Electrónica en la Comunidad de Madrid

PRIMERO.- La ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), es el marco jurídico de referencia en España, para establecer los principios y fundamentos a que debe ajustarse la recogida y tratamiento de datos personales para cualquier Institución que precise recabar éste tipo de datos para el ejercicio de su actividad. Dicha Ley se complementa en el ámbito de la Comunidad de Madrid por la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

En el documento denominado "Acuerdo Marco de Colaboración", que forma parte del Protocolo, se definen más detalladamente los criterios de actuación que constituyen las premisas y requerimientos fundamentales de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid (CSCCM) y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), para el Proyecto Piloto de Receta Electrónica.

La trascendencia del Proyecto que se pretende implantar, por su repercusión en el conjunto de toda la ciudadanía de la Comunidad de Madrid, por el tratamiento de datos de carácter personal definidos por la LOPD como especialmente protegidos, al hacer referencia a la salud de los interesados, y los cambios introducidos por la reciente legislación en vigor, especialmente la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que ha derogado la anterior Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, aconsejan realizar un estudio exhaustivo de la prestación farmacéutica, analizando incluso las experiencias aportadas por otros países de la Unión Europea donde se han implantado, e informado, tratamientos similares de datos.

SEGUNDO.- Conforme a lo establecido en el apartado I de la exposición de motivos de la citada Ley 29/2006, "la prestación farmacéutica comprende ...

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