El equipaje

Los derechos de los usuarios del transporte aéreo (2006)

Miguel Nieto Menor; Pablo Fernando Poza
Section: Sumario
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1. Obligación de transporte del equipaje. -2. Equipaje facturado. -3. Equipaje de mano. -4. Los animales domésticos: A) Animales domésticos en general. B) Perros guía: -5. Retraso, pérdida o deterioro: A) Principio de responsabilidad objetiva. La Ley de Navegación Aérea de 1960. El Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999. B) Plazos de protesta y prescripción. Tribunales competentes: 1. Vuelos nacionales. 2. Vuelos internacionales. C) Límites de las indemnizaciones: 1. Vuelos nacionales. 2. Vuelos internacionales. 3. El Derecho Especial de Giro. 4. Manifestación de valor declarado.

Citations:

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El equipaje

Clases de equipaje

Dentro del equipaje debe distinguirse entre aquel que viaja en la bodega del avión o equipaje facturado y el equipaje que el viajero porta consigo en el interior de la cabina o equipaje de mano.

Tras el 11 de septiembre de 2001, las medidas de seguridad en los aeropuertos se han incrementado en gran medida y, en algunas ocasiones, no sólo se revisan exhaustivamente los equipajes sino que se obliga a los pasajeros a facturar sus bultos de mano.

Por la propia seguridad y la de los demás pasajeros, no debe facturarse ni transportarse consigo ningún equipaje de personas desconocidas.

1. Obligación de transporte del equipaje

El transporte del equipaje del viajero va incluido, hasta un límite determinado, en el precio del billete; según el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los lími...

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