Anuario de Derecho Civil - Nbr. LVIII-2, April 2005
Nieves Moralejo Imbernón - Universidad Autónoma de Madrid
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Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 250 , 525 , 771 , 773 , 776
Constitución Española de 1978. - Artículos 18 , 39
Código Civil. - Artículos 90 , 94 , 103 , 152 , 156 , 160 , 161 , 173 , 178 , 323 , 756 , 823 , 824 , 1101 , 1902 , 1903
LEY 42/2003, de 21 de noviembre, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos. de 21 de noviembre, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos.
Llei 9/1998, de 15 de juliol, del Codi de família. de 15 de juliol, del Codi de família. - Artículo 135
Colás Escandón, Ana Ma: Relaciones familiares de los nietos con sus abuelos: derecho de visita, estancia, comunicación y atribución de la guarda y custodia (Ley 42/2003, de 21 de noviembre)
COLÁS ESCANDÓN, Ana María: Relaciones familiares de los nietos con sus abuelos: derecho de visita, estancia, comunicación y atribución de la guarda y custodia (Ley 42/2003, de 21 de noviembre), ed. Cuadernos Aranzadi Civil, Navarra 2005, 294 pp. La reforma del Código Civil por la Ley 42/2003, de 21 de noviembre, concede a Ana María Colás Escandón una magnífica oportunidad para estudiar el derecho de relación entre abuelos y nietos, que nuestro legislador reconocía, sólo de manera implícita, en el antiguo artículo 160 CC, al referirse a las relaciones personales del hijo con otros parientes y allegados (antiguo art. 160, párrafo segundo, CC), o en el artículo 103.1.° CC, cuando atribuía excepcionalmente la guarda y custodia de los menores a otra persona [distinta de los progenitores], que pasaba a ejercer a partir de ese momento funciones tutelares sobre aquéllos bajo la autoridad del juez (art. 103.1.°, párrafo segundo, CC). Siguiendo el esquema de la reforma, por la que se modifican los artículos 90, 94, 103, 160 y 161 CC, así como el artículo 250 LEC., la autora divide su monografía en dos grandes bloques precedidos de una introducción, que se encuentran dedicados respectivamente al derecho a las relaciones personales entre abuelos y nietos y a la atribución de la guarda y custodia de éstos a favor de aquéllos. El primero de ellos constituye el objeto del capítulo II, y el régimen de guarda y custodia -previsto inicialmente para situaciones de crisis matrimonial, aunque extensible, a juicio de la autora, a otros supuestos que...
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