Appeal nº 10528/2004, Reporting Judge MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZ
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Id. vLex: VLEX-39005646
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ASILO. La propuesta motivada de inadmisión a trámite deberá elevarse al Ministro de Justicia e Interior, en el plazo máximo de treinta días, desde la presentación de la solicitud. El transcurso del plazo de sesenta días desde la presentación de la solicitud sin que ésta se hubiera elevado al Ministro de Justicia e Interior, o sin que este órgano hubiere resuelto la misma, determinará la admisión a trámite de la solicitud. En este supuesto la dependencia que corresponda proveerá al solicitante de la autorización de permanencia a que se refiere el apartado 2 del artículo 13 del presente Reglamento. Se desestima la casación.

REAL DECRETO 203/1995, de 10 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de aplicacion de la Ley 5/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de asilo y de la Condicion de Refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de Mayo. de 10 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de aplicacion de la Ley 5/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de asilo y de la Condicion de Refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de Mayo.
Asilo y refugio
Administración General del Estado
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of May 22, 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintidós de Mayo de dos mil ocho.VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación nº 10528/2004, interpuesto por D. Luis Antonio, representado por el Procurador D. Juan Francisco Alonso Adalía, contra sentencia de la S...
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