Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 293/2004, Reporting Judge JOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA
Case Law No.159/2007
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Id. vLex: VLEX-441542
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. La consideración de empresario o profesional del IVA no viene solo dada por el hecho de integrar o formar parte de una Junta de Compensación, sino exclusivamente por encontrarse incluido en alguno de los supuestos contemplados en el art. 5 de la Ley 37/92. En el presente caso ni consta que los codemandados realizan acto alguno de urbanización del terreno adquirido, sino que más bien hay que presumir lo contrario al adquirir una parcela numerada, y, principalmente, no realizan acto alguno de venta, adjudicación o cesión por cualquier título, limitándose a construir una vivienda para su uso sobre el terreno comprado. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 39/1980, de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. - Artículo 64
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículo 88
Administración General del Estado
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 159/2007, of February 22, 2007
S E N T E N C I A
Ilmos. Sres. D. Heriberto Asencio Cantisán. D. Guillermo Sanchis Fernández Mensaque. D. José Ángel Vazquez García. En Sevilla, a 22 de febrero de 2007. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha ...
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