Datos Personales - Nbr. 29, September 2007
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Id. vLex: VLEX-446002
No puede difundirse una sentencia con datos de carácter personal del afectado que permitan su identificación y consiguiente conexión con la sentencia en cuestión, a no ser que se cuente con su consentimiento.

Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 230
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
REAL DECRETO 428/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos. de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos. - Artículo 28
REAL DECRETO 1332/1994, de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal. de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal. - Artículo 18
Ley Organica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad sindical. de 2 de agosto, de Libertad sindical.
Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de 13 de junio de 2007 sobre el tratamiento de datos sin consentimiento
SENTENCIA
Madrid, a trece de junio de dos mil siete. Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso administrativo número 367/2005 interpuesto por D.XXXl contra la resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 7 de marzo de 2005 que confirma en reposición la resolución de 29 de septiembre de 2005, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 27 de julio de 2005, dictada en el procedimiento sancionador PS/00175/2004, por la que se le impuso una sanción de multa de 3.000 Euros, habiendo sido parte en autos, la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Interpuesto el recurso Contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que estimando el recurso interpuesto se declare la nulidad de la resolución recurrida y se deje sin efecto en todos sus términos por todo lo expuesto en el escrito de demanda y en todo caso porque el actor no ha incumplido norma alguna. SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en su escrito de contestación ...
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