La presunción

Introducción a la probática (2007)

Lluís Muñoz Sabaté
Section: Sumario
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I. Presunción facti o ad homini. II. Estructura de la presunción . III. Las máximas de experiencia vulgares y técnicas . IV. La infirmación . V. Motivación de la presunción . VI. El indicio . VII. Visión semiótica del indicio. La semiótica probática . VIII. Los indicios endoprocesales . IX. Propiedades taxonómicas de los indicios . X. La exposición semiótica del thema probandi . XI. ¿Qué es un código semiótico? .

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La presunción

I. La presunción facti o ad homini.

Entiendo que la probática debe abordar preferentemente el estudio de las llamadas presunciones de hecho, puesto que las presunciones iuris tantum o de derecho constituyen expedientes de técnica legislativa para acrecentar lo que en otro lugar hemos denominado factibilidad probática de la norma116. Se trata de una prueba legal que lleva incorporado ya en la propia norma el indicio y la inferencia. Sus problemas pertenecen básicamente al derecho probatorio. En todo caso lo único que queda por hacer en ella, desde nuestra perspectiva, es cuidar de la fijación en autos de dicho indicio, esto es, la prueba del hecho base de que parte la presunción, el cual ha de probarse como cualquier hecho, sin ninguna especie de privilegio

La Ley llama a las presunciones de hecho, presunciones judiciales porque su elaboración surge dentro del proceso pudiendo pertenecer su creación intelectual ya sea a las partes, ya sea al juzgador, si bien la decisión definitiva la adopte este último. No se trata propiamente de un medio de prueba, dado que no traslada ninguna estampación al proceso, sino de un razonamiento abductivo sobre el resultado que le proporcionan los medios. Aparecen reguladas por el artículo 386 LEC en cuyo epígrafe 1 se dice que «A partir de un hecho admitido o probado, el tribunal podrá presumir la certeza, a los efectos del proceso, de otro hecho, si entre el admitido o demostrado y el presunto existe un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano».

Afortunadamente se está superado hoy día la tendencia general a hipovaluar la presunción considerándola como una prueba subsidiaria, actitud a la que siempre he combatido porque carece de toda base seriamente lógica117, y aunque la frase circumstanties non lie perteneciente al derecho anglosajón118 no puede ignorar que su punto débil sigue siendo la falsedad del medio fijativo del indicio, no deja de ser una frase digna de tomar en cuenta, ya que existen muchas estampaciones resistentes a una traslación falsaria, y suponiendo que lo sea, muy probablemente quede al descubierto un nuevo indicio: el ICO119.

A la presunción se suele degradarla atacando in genere al indicio. Bien por confusión cultural, bien por pura táctica no son raras las expresiones como ésta de un abogado que tuve la oportuni...

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