La reforma del sistema de recursos en el proceso penal

Derecho penal y criminología como fundamento de la política criminal (2006)

Enrique Bacigalupo Zapater - Catedrático de Derecho Penal Magistrado del Tribunal Supremo
Section: Estudios de Derecho y Derecho Penal
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I. Introducción II. El sistema de recursos y de remedios jurídicos en el procedimiento penal vigente III. El fundamento de los recursos en el proceso penal IV. La reforma del sistema de recursos contra decisiones de la instrucción V. Los recursos en la fase intermedia VI. Recursos contra las sentencias

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La reforma del sistema de recursos en el proceso penal

I. Introducción

1. El sistema de los recursos hoy vigente es uno de los puntos centrales de la reforma procesal.

2. El objetivo de toda reforma procesal es el aumento de la eficacia del proceso y la reducción del tiempo del proceso: ambos aspectos están íntimamente ligados entre sí. La eficacia de la pena, en el pensamiento penal moderno, depende básicamente de la celeridad de su aplicación:

- Decía Beccaria: «quanto la pena sarà più pronta e più vicina al delito commesso, ella sarà più giusta e tanto più utile» y agregaba: «il proceso medesimo debe esser finito nel più breve tempo possibile» (69, XIX Pronteza della pena). Finalmente concluía: «Ho detto che la prontezza della pena è più utile, perchè quanto è minore la distanza del tempo che passa tra la pena ed il misfalto, tanto è più forte e più durevole nell'animo umano l'associazione di queste due idee: delito e pena falchè insensibilmente si considerano uno come cagione, é l'altra come effelto necesario immancabile» (XIX).

3. Los recursos tiene, vistos desde la perspectiva de la celeridad, un indudable efecto retardatario del proceso, en cuanto implican una duplicación de instancias. Desde este punto de vista los recursos operan contra la necesidad político- criminal de la pronta aplicación de la pena.

Sin embargo, el doble examen de la misma cuestión se justifica mediante otra finalidad del proceso: la aplicación de una pena justa, es decir materialmente correcta.

Dicho de otra manera: en los recursos se manifiesta de una manera clara la antinomia característica del proceso penal: necesidad social-preventiva de rapidez y necesidad individual de garantía de la pena justa.

4. El sistema de recursos opera teóricamente en las tres fases del proceso penal: en la instrucción, en la fase intermedia y en el proceso propiamente dicho, es decir, en el juicio oral. Cabe pensar abstractamente en posibles recursos contra las decisiones interlocutorios del juez instructor o del tribunal en las fases intermedia, durante el juicio y contra la sentencia, es decir, la decisión que pone fin al proceso.

5. La LECr. Vigente, prevé estas posibilidades de recurso y las regula con normas específicas.

El propósito de este est...

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