Boletín Oficial del Estado, February 16, 2009 (Nbr. 40)
II - Autoridades y Personal - Universidades
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Resolución de 28 de enero de 2009, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo, LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y a tenor de lo establecido en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (en adelante, EUS), aprobado por Decreto 324/2003, de la Junta de Andalucía, y modificado por Decreto 16/2008, de 29 de enero,
Este rectorado, en el uso de las atribuciones que le confieren el artículo 20 de la LOU y 20 del EUS, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluidas en la vigente RPT y con sujeción a las siguientes bases:1. Normas generalesEste concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el Real Decreto 1313/2007 y el EUS, y por la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo, LRJAP/PAC), y en la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado.2. Requisitos de los candidatosPara ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:2.1 Requisitos generales.A) Nacionalidad.-Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de ...Try vLex for FREE for 3 days
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