RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2009, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de construcción de cuadra, cochera y pajar, promovido por D. Guillermo Minguela García, en el término municipal de Otero de Herreros (Segovia). Expte.: E.I.A.-SG-16/08

BOCYL. Boletín Oficial de Castilla y León , June 04, 2009 (Nbr. 104)

IV - Otras Disposiciones y Acuerdos - Consejeria de Medio Ambiente
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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2009, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de construcción de cuadra, cochera y pajar, promovido por D. Guillermo Minguela García, en el término municipal de Otero de Herreros (Segovia). Expte.: E.I.A.-SG-16/08

las medidas protectoras de la autorización ambiental al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia.

5.6. En el supuesto de que se establezca un procedimiento informático específico de suministro de información, el titular de la actividad lo implantará en el plazo que a tal efecto se señale. Las obligaciones de suministro de información se realizarán en papel, y en soporte informático adecuado.

5.7. En aplicación del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales Integradas, y del artículo 8.2 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se notificarán a la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación de Territorio las emisiones anuales de la instalación.

5.8. Seguimiento y vigilancia.­ El seguimiento y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en esta autorización ambiental corresponde a la Consejería de Medio Ambiente, salvo las correspondientes a las condiciones establecidas por la legislación sectorial aplicable, que corresponderá a los órganos competentes por razón de la materia.

6.­ Condiciones particulares establecidas por la legislación sectorial aplicable.

6.1. Normativa sectorial.­ A la instalación objeto de la presenta autorización, le resulta de aplicación, el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas, así como el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a normas mínimas para la protección de cerdos, y demás disposiciones que los desarrollan o modifican. Deberán cumplirse por tanto las...



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