Boletín Oficial de Castilla y León, September 17, 2009 (Nbr. 179)
III - Autoridades y Personal - Consejeria de Sanidad
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ORDEN SAN/1827/2009, de 9 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista en Farmacia Hospitalaria, del Servicio de Salud de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de esta especialidad
Se valorarán a razón de 0,03 puntos por crédito asignado o, supletoriamente, por cada módulo o tramo de 10 horas de formación. En el supuesto de que la certificación venga expresada simultáneamente en créditos y en horas, la valoración se realizará siempre por los créditos certificados. En el caso de que en el correspondiente certificado o diploma no se especifiquen horas ni créditos, dicha actividad no será objeto de valoración.La valoración de esta formación se realizará de forma independiente por cada actividad formativa; de tal forma que el remanente de horas de una actividad formativa en ningún caso será acumulable a otra/s.2. Docencia:A. Por haber impartido docencia en actividades de formación relacionadas directamente con el contenido de la especialidad a proveer, siempre que cumplan las siguientes características:Que haya sido impartida en Escuelas de Salud Públicas homologadas por Ministerios de Sanidad de la Unión Europea, Universidades o centros sanitarios de cualquier Servicio de Salud o que las actividades impartidas estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias, bien sea nacional o de una Comunidad Autónoma, se valorarán a razón de 0,01 puntos por cada hora impartida.B. Por impartir docencia postgraduada en la misma especialidad a la que se opta, como tutores acreditados (con residente a cargo), por cada curso académico: 0,06 puntos.C. Por cada curso académico desempeñando plaza de profesor asociado universitario en la categoría a la que opta: 0,06 puntos.3. Por trabajos específicos y de investigación aparecidos en publicaciones y revistas sanitarias o en libros, así como por aportaciones a reuniones y congresos científicos, siempre relacionados con la especialidad a la que se concursa, se valorará de acuerdo con los criterios siguientes:· Comunicaciones a Congresos: 0,03 puntos.· Posters a Congresos: 0,02 puntos.· Publicación en revistas científicas: 0,05 puntos.· Capítulo de libro: 0,10 puntos.· Libro: 1 punto.Cuando se trate de varios capítulos de un mismo libro, la puntuación máxima por este subapartado no podrá ser superior a lo establecido para el libro.Respecto a los trabajos publicados en revistas, tan solo será necesario presentar fotocopia compulsada de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor y la fecha de publicación.En relación con los capítulos de libros, será suficiente presentar fotocopia compulsada de las hojas en que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y/o el ISBN y la fecha de publicación.En relación con los libros será suficiente presentar fotocopia compulsada de las hojas en las que conste el...Try vLex for FREE for 3 days
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