Case nº C-133/08 of Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, of October 06, 2009

Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea

Actor: ICF
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Id. vLex: VLEX-67837753

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Summary:

Convenio de Roma relativo a la ley aplicable a las obligaciones contractuales - Ley aplicable a falta de elección - Contrato de fletamento - Criterios de conexión - Separabilidad-

Extract:

Case nº C-133/08 of Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, of October 06, 2009

En el asunto C-133/08,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial presentada, con arreglo al Primer Protocolo de 19 de diciembre de 1988, relativo a la interpretación por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos), mediante resolución de 28 de marzo de 2008, recibida en el Tribunal de Justicia el 2 de abril de 2008, en el procedimiento entre

Intercontainer Interfrigo SC (ICF)

y

Balkenende Oosthuizen BV,

MIC Operations BV,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala),

integrado por el Sr. V. Skouris, Presidente, los Sres. P. Jann, C.W.A. Timmermans, A. Rosas, K. Lenaerts, A. Ó Caoimh y J.-C. Bonichot, Presidentes de Sala, y los Sres. P. K-ris, E. Juhász, G. Arestis y L. Bay Larsen y las Sras. P. Lindh y C. Toader (Ponente), Jueces;

Abogado General: Sr. Y. Bot;

Secretario: Sr. R. Grass;

habiendo considerado la fase escrita del procedimiento;

consideradas las observaciones presentadas:

-        en nombre del Gobierno neerlandés, por la Sra. C. Wissels y el Sr. Y. de Vries, en calidad de agentes;

-        en nombre del Gobierno checo, por el Sr. M. Smolek, en calidad de agente;

-        en nombre de la Comisión de las Comunidades Europeas, por los Sres. V. Joris y R. Troosters, en calidad de agentes;

oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 19 de mayo de 2009;

dicta la siguiente

Sentencia

1         La petición de decisión prejudicial se refiere al Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980 (DO L 266, p. 1; EE 01/03, p. 36; en lo sucesivo, «Convenio»). La petición versa sobre el artículo 4 de dicho Convenio, que se refiere a la ley aplicable a falta de elección de las partes.

2         Dicha petición se presentó en el marco de un litigio promovido por Intercontainer Interfrigo SC (en lo sucesivo, «ICF»), sociedad con domicilio social en Bélgica, contra Balkenende Oosthuizen BV (en lo sucesivo, «Balkenende»)...

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