Boletín Oficial de las Islas Baleares, November 03, 2009 (Nbr. 161)
2.- Autoridades y personal - Consejeria de Educacion y Cultura
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Resolución del Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 23 de octubre de 2009, por la que se publica la convocatoria de concurso de traslados y procesos previos de funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros en el ámbito autonómico de las Illes Balears.
Resolución del Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 23 de octubre de 2009, por la que se publica la convocatoria de concurso de traslados y procesos previos de funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros en el ámbito autonómico de las Illes Balears.La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su Disposición adicional sexta, apartado 1, determina que, entre otras cosas, es base del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de puestos mediante concurso de traslados de ámbito estatal.En el punto 3. de esta misma disposición, se establece la obligación para las Administraciones Educativas de convocar periódicamente concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquellas, así como para garantizar la posible concurrencia de los funcionarios de su ámbito de gestión a plazas de otras Administraciones Educativas y, en su caso, si procede, la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso.En el punto 4. de la misma Ley se especifica que, durante los cursos en los que no se celebren concursos de ámbito estatal, las diferentes Administraciones podrán organizar procedimientos de provisión referidos al ámbito territorial cuya gestión les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas, todo ello sin perjuicio de que en cualquier momento puedan realizar procesos de redistribución o de recolocación de sus efectivos.Por otro lado, en la disposición transitoria tercera de la misma Ley se determina que, en tanto no sean desarrolladas las previsiones contenidas en la misma que afecten a la movilidad mediante concursos de traslados de los funcionarios de los cuerpos docentes en ella contemplados, la movilidad se ajustará a la normativa vigente a su entrada en vigor y, en la disposición transitoria undécima según la cual, en las materias cuya regulación remita la Ley a ulteriores disposiciones reglamentarias, y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada en vigor de la misma.No habiéndose dictado, en desarrollo de la citada Ley, ulteriores disposiciones reglamentarias en materia de provisión de puestos relativas a los Cuerpos de funcionarios docentes a los que se refiere la misma, resulta de aplicación el Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los cuerpos docentes modificado por el Real Decreto 1964/2008, de 28 de noviembre.Dado que en la comunidad autónoma de las Illes Balears se realizaron concursos de traslados de ámbito estatal durante el curso 2008-2009 y dada la existencia de plazas vacantes, esta Consejería considera oportuno, con la finalidad de asegurar la provisión en las mejores condiciones para...Try vLex for FREE for 3 days
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