Reglamento (CEE) nº 2261/84 del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se adoptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores          

DOUE. Diario Oficial de la Unión Europea, August 03, 1984

Reglamento - Consejo de la Unión Europea
Permanent Link: http://vlex.com/vid/adoptan-organizaciones-productores-15493448
Id. vLex: VLEX-15493448

Sponsored Ads:


Citations:

Extract:

  Reglamento (CEE) nº 2261/84 del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se adoptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores          

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2261/84 DEL CONSEJO

de 17 de julio de 1984

por el que se adoptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda , a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento n º 136/66/CEE del Consejo de 22 de septiembre de 1966 por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2260/84 (2) y , en particular , el apartado 4 de su artículo 5 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que el artículo 5 del Reglamento n º 136/66/CEE ha establecido un régimen de ayuda a la producción de aceite de oliva ; que dicha ayuda , en concepto de las superficies existentes en una determinada fecha , se concede , en función de la cantidad de aceite efectivamente producido , a los oleicultores miembros de las organizaciones de productores contempladas en el apartado 1 del artículo 20 quater del Reglamento n º 136/66/CEE y cuya producción media sea por lo menos de 100 kilogramos de aceite por campaña , mientras que , para el resto de los oleicultores , se concede en función de la cantidad y del potencial de producción de los olivos , que cultiven , así como de los rendimientos de éstos últimos , fijadas a tanto alzado , y siempre que las aceitunas producidas hayan sido efectivamente recogidas ;

Considerando que , en tanto se establezca el registro oleícola , procede calcular la ayuda para los oleicultores de que se trate en función de los rendimientos medios de los olivos ;

Considerando que , para garantizar el ...

see the complete text now
If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:


Other documents:
living large in ya | 87784 Tesla Jap Sociedad Limitada. | RESOLUCIÓ EDU/2716/2007, de 14 d'agost, per la qual es dóna publicitat als centres que han formalit... | ORDEN de 27 de octubre de 1995, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se anu... | Decisao N 2005.02.01.003986-1 of Tribunal Regional Federal da 2a Regiao of October 19 2007 |  *politikas un drošības komitejas lēmums darfur/6/2007 2007 gada 18 jūlijs ar ko ieceļ militāro padomnieku eiropas... | SMI, Aktiengesellschaft, Hünnigen 37, 4784 Crombach R.C. Eupen 57979 NN 432.408.182 Les a... | Acordao N 70022163034 of Tribunal de Justica do RS - Decima Segunda Camara Civel, ... | LJN: AR4472, Centrale Raad van Beroep, 02/3524 NABW | fresh lemon tarts up chicken potatoes | LJN: BB3169, Gerechtshof Leeuwarden, 0600352 | Acordão Nº 00441-2007-024-04-00-4 (RO) of Tribunal Regional do Trabalho - 4ª Região (Porto Alegre - RS), of July 22, 2009 | Acórdão Nº 70029666005 of Tribunal de Justiça do RS - Décima Primeira Câmara Cível, of July 01, 2009 | Acórdão Inteiro Teor nº RR-704099/2000 of 4ª Turma, of September 03, 2003