La agencia de protección de datos

El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (2003)

Ana Isabel Herrán Ortiz
Section: Capítulo IV: La nueva regulación de los ficheros de datos de carácter personal
Permanent Link: http://vlex.com/vid/agencia-proteccion-datos-190778
Id. vLex: VLEX-190778

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Table of Contents | Next

Sponsored Ads:


Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Constitución Española de 1978. - Artículos 10 , 18 , 81

REAL DECRETO 428/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos. de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la agencia de Proteccion de Datos.


See all quotations

Headnotes:

Extract:

La agencia de protección de datos

En el ámbito europeo la primera de las normas que hace referencia a la existencia de una autoridad de control fue el Convenio 108 del Consejo de Europa, si bien en todo caso no entra a definir los criterios ni las pautas que debían inspirar la actuación y las funciones del citado órgano en el ámbito nacional. En efecto, en dicho Convenio el artículo 13.2 impone a los Estados partes la designación de una o varias autoridades de control, cuya ubicación y denominación debían comunicarse al Secretario General del Consejo de Europa85. Sin embargo las disposiciones del Convenio no van más allá de esa obligación de designar a la autoridad de control, sin que de la misma puede deducirse cuál debe ser la naturaleza y cuáles las funciones o pautas de actuación de la citada autoridad de control.

A esta situación pronto se puso solución a partir de la Directiva 95/46/CE que no sólo prevé la necesidad de establecer autoridades de control en los Estados miembros, sino que al mismo tiempo establece los criterios o los principios que deben regir la regulación y la configuración jurídica de estas instituciones en los países miembros. Y así, en los considerandos del texto comunitario se contempla la creación de una autoridad de control “que ejerza sus funciones con plena independencia en cada uno de los Estados miembros” como elemento fundamental del sistema de protección de las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales (cfr. considerando 62). Abundando en lo expresado en el considerando 63 se indica que “dicha autoridad debe disponer de los medios necesarios para cumplir su función, ya se trate de poderes de investigación o de intervención, en particular en casos de reclamaciones presentadas a la autoridad o de poder comparecer en juicio; que tal autoridad ha de contribuir a la transparencia de los tratamientos de datos efectuados en el Estado miembro del que dependa”.

Así, a continuación se analizarán las novedades introducidas en la configuración jurídica de la Agencia de Protección de Datos a partir de la LOPD, a la luz de las disposiciones comunitarias, para poder determinar si su actual regulación como consecuencia de la transposición se ha acomodado o no a las prescripciones comunitarias expuestas en la Directiva 95/46/CE, y que fueron objeto de estudio en el Capítulo II. Sirva a modo de anticipo, que pocos han sido los cambios y modificaciones que se han introducido en la estructuración de la Agencia respecto de su regulación en la LORTAD.

4.1. Naturaleza y régimen jurídico de la Agencia de Protección de Datos. La independencia como asignatura pendiente

La importancia de la Agencia de Protección de Datos en el sistema de garantías constitucional no pasó desapercibida para algún Grupo Parlamentario –en concreto para el Grupo Vasco–, que a este respecto, destacó la naturaleza constitucional de la Agencia, ya que “parece que dentro del organigrama constitucional se considera de mayor relevancia la figura del Defensor del Pueblo, o incluso la existencia del Tribunal de Cuentas, cuando si la Agencia de Protección de Datos no tiene previsión en el propio texto constitucional es porque no podía tenerla, puesto que en el año 1978 no estabamos obligados a la creación de un órgano de este estilo. Sin embargo con la justificación que contiene la enmienda número 84 del Grupo Vasco respecto a la que la Agencia de Protección de Datos nace de la previsión del artículo 18.4º de la Constitución, previsión que debe cumplir el artículo 10.2 en cuanto que estamos sometiéndonos a obligaciones internacionales asumidas, fruto de nuestra pertenencia a la Unión Europea, se puede perfectamente concluir del juego de estos dos preceptos que estamos contemplando que el Director de la Agencia tiene relevancia constitucional”86. En efecto, no puede ni debe menospreciarse la significación que está llamada a desempeñar en el orden constitucional, sobre todo en el ámbito de la garantía de los derechos fundamentales la Agencia de Protección de Datos, como órgano de tutela de los derechos de las personas frente al tratamiento de sus datos personales.

Así, la Agencia de Protección de Datos debe ser considerada como un órgano constituci...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:



Documentos Relacionados:


El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales - (December 01, 2002)

La propuesta de directiva de 1990

Ana Isabel Herrán Ortiz

El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales - (December 01, 2002)

Las medidas de ejecución comunitaria

Ana Isabel Herrán Ortiz

El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales - (December 01, 2002)

El movimiento internacional de datos personales

Ana Isabel Herrán Ortiz

El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales - (December 01, 2002)

La propuesta modificada de 1992

Ana Isabel Herrán Ortiz

Other documents:
carter s team-oriented play silencing his critics | SC& T International Resolves Convertibility Issue With Preferred Shareholders | chronic diseases costing state | ANUNCI pel qual es fa pública l adjudicació d un contracte exp 20050... | Acuerdo Nº 990080503618 of 9ª Câmara de Direito Criminal D, of Decembe... | Despacho n.º 1626/2008, de 15 de Janeiro de 2008 | Acordão Nº 00205-2008-471-04-00-9 (RO) of Tribunal Regional do Trabalho - 4ª Região (Porto ... | gabinete do secretario | Acordao N 70022613780 of Tribunal de Justica do RS Terceira Camara Especial Civel of February 12 2008 | Expulsion of 1,000 Mu Examinees to Be Reviewed [Patna] | rectificação n.º 2691/2008 de 10 de dezembro de 2008 | AEROPUERTOS (Informacion facilitada por las companias aereas) | acórdão nº 70010275675 of tribunal de justiça do rs - décima quarta câmara cível, of september 08,... | Acordao N 70010591576 of Tribunal de Justica do RS - Decima Primeira Ca...

Previous | Table of Contents | Next