DOE. Diario Oficial de Extremadura, February 10, 2004 (Nbr. 16)
I - Disposiciones Generales - Consejeria de Agricultura y Medio Ambiente
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ORDEN de 7 de febrero de 2004, por la que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a determinados cultivos herbáceos, declaración de superficies de algodón, superficies forrajeras y tierras de pastoreo, girasol agroambiental, campaña 2004/2005 (cosecha 2004), prima a los productores de ovino y caprino,...
ORDEN de 7 de febrero de 2004, por la que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a determinados cultivos herbáceos, declaración de superficies de algodón, superficies forrajeras y tierras de pastoreo, girasol agroambiental, campaña 2004/2005 (cosecha 2004), prima a los productores de ovino y caprino, primas en el sector vacuno para el año 2004, y declaración de indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas.
El Real Decreto 1026/2002, de 4 de octubre, sobre pagos por superficie a determinados productos agrícolas y modificaciones posteriores, el Real Decreto 138/2002, de 1 de febrero, sobre determinadas ayudas comunitarias en el sector de la carne de vacuno, el Real Decreto 1540/2002, de 5 de diciembre, que modifica al anterior y el Real Decreto 139/2002, de 1 de febrero, modificado por el Real Decreto 1287/2002, de 5 de diciembre, Los titulares de explotaciones agrarias situadas en su totalidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquéllos en los que la mayor parte de la superficie de sus parcelas agrícolas relacionadas en su solicitud de ayudas por superficies (incluyendo las declaraciones de superficies forrajeras y demás declaraciones de superficies) se encuentren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y aquellos titulares de explotaciones que no realicen solicitud de las ayudas relacionadas en los puntos a), b), c) y d) del apartado 2 del presente artículo, estando exentos de presentar la declaración de superficies forrajeras, y tengan ubicadas la mayor parte de la superficie de su explotación dedicada a la alimentación del ganado por el que soliciten la prima, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que deseen solicitar alguna de las ayudas y pagos compensatorios o realizar la declaración de superficie de algodón, deberán presentar una única solicitud de ayuda, en los formularios oficiales. Las entidades colaboradoras, entendiendo como tales, aquéllas que hayan firmado el Convenio de colaboración con la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente para la presentación de estas ayudas, podrán presentar los formularios de ayudas en las condiciones que se especifican en dicho Convenio, atendiéndose para su presentación a todo lo demás expresado en el párrafo anterior del presente artículo. 2.- Pagos, ayudas y declaraciones. a) Los pagos compensatorios para determinados cultivos herbáceos (cereales, oleaginosas y proteaginosas), el lino no textil, el lino textil, el cáñamo, las tierras retiradas de la producción y, en su caso, el suplemento del pago compensatorio para el trigo duro en zonas tradicionales y la ayuda específica al trigo duro en otras zonas, todos ellos correspondientes a la campaña de comercialización 2004/2005, establecidos en el Reglamento (CEE) 1251/1999 de 17 de mayo. b) Ayuda específica por hectárea a los productores de arroz establecidas en el Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo. c) Primas específicas por hectárea a la calidad del trigo duro, a las proteaginosas y a los cultivos energéticos, establecidos en el Reglamento (CE) nº 1782/2003. d) Las ayudas por superficie para determinadas leguminosas de grano (lentejas, garbanzos...Try vLex for FREE for 3 days
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