DOUE. Diario Oficial de la Unión Europea, July 05, 1996
Reglamento - Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea
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Reglamento (CE) n° 1292/96 del Consejo de 27 de junio de 1996 sobre la política y la gestión de la ayuda alimentaria y de las acciones específicas de apoyo a la seguridad alimentaria
REGLAMENTO (CE) N° 1292/96 DEL CONSEJO de 27 de junio de 1996 sobre la política y la gestión de la ayuda alimentaria y de las acciones específicas de apoyo a la seguridad alimentaria
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 130 W,Vista la propuesta de la Comisión (1),De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 189 C del Tratado (2),Considerando que la ayuda alimentaria sigue constituyendo, hoy como ayer, uno de los aspectos esenciales de la política comunitaria de cooperación para el desarrollo; Considerando que la ayuda alimentaria deberá integrarse en la política de los países en vías de desarrollo dirigida a mejorar su seguridad alimentaria, especialmente mediante la aplicación de estrategias alimentarias dirigidas a mitigar la pobreza y con la finalidad última de hacer innecesaria la ayuda alimentaria; Considerando que la Comunidad y sus Estados miembros coordinan estrechamente sus políticas de cooperación para el desarrollo, por lo que respecta a los programas de ayuda alimentaria y las acciones especialmente dirigidas a acrecentar la ayuda alimentaria; que la Comunidad participa con sus Estados miembros en determinados acuerdos internacionales en esta materia, especialmente en el Convenio de Ayuda Alimentaria; Considerando que la seguridad alimentaria regional, nacional y a escala familiar, desde una perspectiva a largo plazo que garantice a todos, de manera constante, el acceso a una alimentación que permita llevar una vida activa y sana, es un importante elemento en la lucha contra la pobreza, y que es importante fomentar aquélla en todos los programas destinados a los países en vías de desarrollo; Considerando que la ayuda alimentaria no debe tener efectos nefastos para las estructuras normales de producción y de importaciones comerciales de los países beneficiarios; Considerando que la ayuda alimentaria y las acciones de apoyo a la seguridad alimentaria, en tanto que aspectos esenciales de la política comunitaria de cooperación para el desarrollo, son objetivos que deberán tenerse en cuenta en el conjunto de las políticas comunitarias que puedan afectar a los países en vías de desarrollo, en particular en lo relativo a las reformas económicas y al ajuste estructural; Considerando que, habi...
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