REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 18, January 2000
Fernando Ramos Suárez - Responsable del Departamento de Derecho Informático LEGALIA
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REAL DECRETO-LEY 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica. de 17 de septiembre, sobre firma electrónica.
Derecho de las comunicaciones
Telecomunicaciones
Redes de comunicación
Obligaciones
Contratos
Contratos informáticos
Obligaciones
Contratos
Forma del contrato
Contratación entre ausentes
Contratación electrónica
Empresa mercantil
Contratos mercantiles
Contratos electrónicos
Como Aplicar la Nueva Normativa sobre Firma Electrónica
El gran intercambio electrónico de información que en la actualidad se esta produciendo gracias al avance de las Nuevas Tecnologías, constituye una poderosa herramienta que está destinada a producir enormes cambios en las relaciones sociales y económicas. La educación, la cultura, el comercio, el trabajo etc. son campos de nuestra vida que están ampliamente influenciados por el flujo de la información, es por tanto imprescindible dotar de una infraestructura que garantice un trafico jurídico mercantil seguro.
En este sentido estamos experimentando en la actual sociedad de la información un profundo cambio que nos lleva hacia el ocaso de la civilización del papel, de la firma manuscrita y por consiguiente del monopolio de la escritura en la realidad documental. Esta revolución se esta produciendo en parte con la nueva entrada en vigor del Real Decreto Ley 14/1999 de 17 de septiembre sobre Firma Electrónica (en adelante RDL) A través de este RDL se persigue establecer una regulación clara de la Firma Electrónica, que le otorgue igual eficacia jurídica que la firma manuscrita. Para la consecución de este objetivo es requisito sine qua non la intervención en el proceso de las terceras partes de confianza o Thrusted Third Parties (TTP). Por tanto es contenido obligado de la Ley establecer un régimen jurídico aplicable a las TTP o a los prestadores de servicios de certificación. Con la llega del EDI (Electronic Data Interchange) en los años ochenta, se introduce la necesidad de que una tercera parte intervenga en las relaciones comerciales entre empresas. La función de esta tercera parte es dar fe de que las transacciones electrónicas de datos se han p...Try vLex for FREE for 3 days
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