Revista Crítica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 658, March - April 2000
Dolores Díaz-Ambrona Bardají - Profesora Titular de Derecho Civil
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Id. vLex: VLEX-324088
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1. Introduccion.-2. La Directiva 94/47/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 1994.- 3. Denominacion de la figura.-4. Naturaleza juridica.- 5. Configuracion de la multipropiedad en la ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turistico y normas tributarias.-6. Otros aspectos llamativos de la ley.

Código Civil. - Artículos 1111 , 1543
Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre Derechos de aprovechamiento por turno de Bienes Inmuebles de Uso Turístico y Normas Tributarias. de 15 de diciembre, sobre Derechos de aprovechamiento por turno de Bienes Inmuebles de Uso Turístico y Normas Tributarias.
Apuntes sobre la multipropiedad
1. Introducción La multipropiedad es un derecho que puede calificarse de moderno o actual, ha surgido, recientemente, de forma espontánea en distintos lugares del mundo separados por muchos kilómetros de distancia, con la finalidad de satisfacer una demanda de la sociedad de hoy, como consecuencia del progresivo aumento del nivel de vida y del desarrollo tecnológico de los medios de transportes, que acortan de manera significativa los largos trayectos, consiguiendo que el mundo parezca más pequeño en su inmensidad, a ello hay que añadir el mayor tiempo de que dispone la persona humana para vacaciones, lo que posibilita no sólo disfrutar de unos días de ocio, sino conocer nuevos países con nuevas costumbres y culturas. La multipropiedad viene a resolver el problema, que, a veces, surge de querer ir a un determinado sitio para pasar unos días y no encontrar alojamiento. Con este derecho se tiene asegurada la vivienda en el lugar elegido y en el tiempo deseado, con un desembolso menor. La multipropiedad 1 surge en Francia, más concretamente en la estación invernal de Super Dévoluy en 1965, a través de la iniciativa de Louis Poumier de la Sociedad Grands Travaux de Marsella, que decide adoptar un nuevo sistema de alojamiento ante la poca rentabilidad que producía la venta tradicional de los apartamentos del complejo. La promoción publicitaria de la operación resultó ingeniosa: «No alquile la habitación, compre el hotel, le sale más barato». El 20 de abril de 1967 registra, en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Francia, la denominación que dio a la operación y que ha caracterizado la figura: Multipropriété. Llega a España la multipropiedad en los años setenta, pero de forma más bien modesta y limitada. Será en la decada de los ochenta cuando conozca un espectacular crecimiento, originado por la inversión de capital extranjero. Así, la Dirección General de Inversiones Extranjeras, entre enero de 1986 y junio de 1987, autorizó inversiones por valor de 4.200 millones de pesetas para 545 inmuebles, siendo casi en su totalidad inversión británica. Según datos de finales de 1987, de la Secretaría de Estado de Turismo, había 132 complejos en España, de los que 21 se encontraban en las Islas Baleares. Actualmente en España se ubican unos 500 complejos, de los cuales casi la mitad están en la Islas Canarias. La progresión en España es espectacular, se ha pasado de 161 complejos en 1990 a 407 en 1994. Los titulares de derechos en España son unas 327.000 personas, de los cuales son solamente españoles unas 51.000. La multipropiedad, al haber surgido sin una regulación pre...
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