Revista de Contratación Electrónica - Nbr. 93, May 2008
Pablo A. Palazzi - Abogado Allende & Brea (Argentina)
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El autor examina la reforma ocurrida en junio de 2008 al Código Penal Argentino en relación a los delitos informáticos. Se comentan las reformas de fondo en materia de pornografía infantil, violación del correo electrónico, acceso ilegítimo a sistemas informáticos, daño y fraude informático.

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Delitos
Delitos informáticos
Análisis de la ley argentina núm. 26.338/2008 de reforma del Código Penal en materia de delitos informáticos
PALABRAS CLAVE
Delitos informáticos, acceso ilegítimo, pornografía infantil, Internet, daño informático, fraude informático I. Introducción 1. Preliminar En anteriores trabajos hemos comentado proyectos legislativos de delitos informáticos . En este caso, luego de dos años y medio de tratamiento legislativo, el proyecto finalmente se convirtió en ley. La ley 26.388 merece especial consideración pues además de ser de una excelente factura, posee el consenso en sus principales aspectos de gran parte de la industria, de especialistas, de académicos y ha recibido el respaldo sin disidencias de ambas cámaras del Congreso. A estas alturas de desarrollo de la denominada Sociedad de la Información, no sólo la mayoría de los códigos penales modernos del mundo han contemplado alguna forma de criminalidad relacionada con la informática sino que hasta existe una convención internacional sobre la materia de la cual son parte mas de 40 países desarrollados, y que se encuentra en vías de ser implementada en varios de los países que la aprobaron, habiendo sido la Argentina invitada a integrarla recientemente. Es que el delito informático ya no puede ser ignorado por el legislador: su realidad y presencia es incontrolable y los efectos devastadores que puede causar son enormes. Basta citar los millones de dólares en daños y pérdidas que ocasionan los virus informáticos, o las estafas informáticas o, para citar un fenómeno más común, el ataque mediante denegación de servicios que lleva incluso a prácticas extorsivas de ofrecimiento de servicios de seguridad a empresas en Internet. Por otra parte nuestros jueces penales que se enfrentan a estos casos se ven obligados a declarar atípicas acciones que son claramente negativas y que no están contempladas en muchos casos porque el código penal fue escrito para otra época donde la información no era la materia prima del comercio y donde las actuales tecnologías de comunicación y almacenamiento y tratamiento de datos personales solo eran objeto de relatos de ciencia ficción. 2. Antecedentes En el año 2006 se desató la polémica sobre la violación de correos electrónicos de varios periodistas y jueces, a raíz de una denuncia realizada por un importante diario de la Capital. Inmediatamente se presentaron en el Congreso varios proyectos de leyes relacionados con el correo electrónico . En junio del 2006 se comenzó a debatir en las comisiones de Legislación Penal, Comunicaciones y Libertad de Expresión de la Cámara baja un proyecto de modificación al Códi...Try vLex for FREE for 3 days
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