BOE. Boletín Oficial del Estado, October 03, 2009 (Nbr. 239)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de la Presidencia
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Orden PRE/2671/2009, de 29 de septiembre, por la que se incluyen en el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, varias sustancias activas y microorganismos como sustancias activas.
La Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, incluye en su anexo I las sustancias activas que han sido autorizadas para su incorporación en los productos fitosanitarios. Dicha Directiva se incorpora al ordenamiento jurídico español en virtud del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios. Por otra parte, en la Orden de 14 de abril de 1999, se establece el anexo I de dicho real decreto, bajo la denominación «Lista comunitaria de sustancias activas», que se define en el artículo 2.16 de dicho real decreto, como la lista de las sustancias activas de productos fitosanitarios aceptadas por la Comisión Europea y cuya incorporación se hará pública mediante disposiciones nacionales, dictadas al amparo de las correspondientes normas comunitarias.
La Directiva 91/414/CEE, del Consejo, de 15 de julio de 1991, ha sido modificada por sucesivas Directivas a fin de incluir en su anexo I determinadas sustancias activas. Así mediante la Directiva 2008/107/CE, de 25 de noviembre, se incluyen las sustancias activas abamectina, epoxiconazol, fenpropimorf, fenpiroximato y tralcoxidim, por la Directiva 2008/108/CE, de 26 de noviembre, se incluyen las sustancias activas flutolanilo, benfluralina, fluazinam, fuberidazol y mepiquat, por la Directiva 2008/113/CE, de 8 de diciembre, se incluyen varios microorganismos como sustancias activas, por la Directiva 2008/116/CE, de 15 de diciembre, se incluyen las sustancias activas aclonifen, imidacloprid y metazacloro, por la Directiva 2008/125/CE, de 19 de diciembre, se incorporan el fosfuro de aluminio, el fosfuro de calcio, el fosfuro de magnesio, el cimoxanilo, el dodemorf, el éster metílico de ácido 2,5-diclorobenzoico, la metamitrona, la sulcotriona, el tebuconazol y el triadimenol como sustancias activas, y por la Directiva 2008/127/CE, de 18 de diciembre, se incluyen varias sustancias activas.Las disposiciones citadas establecen las condiciones para que la comercialización de productos fitosanitarios que contengan las referidas sustancias activas no tengan efectos nocivos para la salud humana o la salud animal ni para las aguas subterráneas, ni tengan repercusiones inaceptables para el medio ambiente, así como para que se revisen las autorizaciones existentes de productos fitosanitarios que contengan alguna de las sustancias activas que se incluyen en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE, del Consejo, de 15 de julio de 1991, modificándolas o retirándolas, de conformidad con lo establecido al efecto en dicha Directiva.La presente orden incorpora al ordenamiento jurídico interno las Directivas 2008/107/CE de la Comisión, de 25 de noviembre, 2008/108/CE de la Comisión, de 26 de noviembre, 2008/113/CE de la Comisión, de 8 de diciembre, 2008/116/CE de la Comisión, de 15 de diciembre, 2008/125/CE de la Comisión, de 19 de diciembre y 2008/127/CE de la Comisión, de 18 de diciembre, por las que se incluyen las sustancias activas abamectina, epoxiconazol, fenpropimorf, fenpiroximato, tralcoxidim, flutolanilo, benfluralina, fluazinam, fuberidazol, mepiquat, varios microorganismos como sustancias activas, aclonifen, imidacloprid, metazacloro, fosfuro de aluminio, fosfuro de cálcio, fosfuro de magnesio, cimoxanilo, dodemorf, éster metílico de ácido 2,5-diclorobenzoico, metamitrona, sulcotriona, tebuconazol, triadimenol, y otras varias sustancias activas y se dicta de acuerdo con la disposición final primera del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre.La Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria ha emitido informe preceptivo sobre ésta disposición. Asimismo, en su tramitación han sido consultadas las comunidades autónomas y los sectores afectados.En su virtud, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y de la Ministra de Sanidad y Política Social, dispongo:Artículo único. Modificación del anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios.Se modifica el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios de la forma siguiente:Se incluyen las siguientes sustancias activas: abamectina, epoxiconazol, fenpropimorf, fenpiroximato, tralcoxidim, flutolanilo, benfluralina, fluazinam, fuberidazol, mepiquat, varios microorganismos como sustancias activas, aclonifen, imidacloprid, metazacloro, fosfuro de aluminio, fosfuro de cálcio, fosfuro de magnesio, cimoxanilo, dodemorf, éster metílico de ácido 2,5-diclorobenzoico, metamitrona, sulcotriona, tebuconazol, triadimenol, y otras varias sustancias activas.Disposición adicional única. Revisión de las autorizaciones.1. A fin de verificar que se c...Try vLex for FREE for 3 days
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