Comentarios al Codigo Civil - Tomo IV. Artículos 181 a 332 del Código Civil (2ª edición) (2004)
Tomás Ogayar Ayllón, José Manuel Lete del Río
Section: Sección Primera. De la tutela en general
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Id. vLex: VLEX-230670
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I. ¿Nombramiento o designación?: 1. Naturaleza jurídica de la designación. 2. Forma de la designación.-II. ¿Puede hablarse de delación testamentaría?-III. El documento público notarial como medio o forma de ordenación de la tutela: 1. Razón de su introducción. 2. Su conveniencia o utilidad.-IV. Facultad de establecer órganos de fiscalización.-V. Facultad de ordenar cualquier otra disposición.-VI. ¿Para quiénes se puede efectuar una designación o disposición en testamento o documento público notarial?
ARTICULO 223
Los padres podrán, en testamento o documento público notarial, nombrar tutor, establecer órganos de fiscalización de la tutela, así como designar las personas que hayan de i...COMMENT
Código Civil.
Proceso civil
Jurisdicción voluntaria
Jurisdicción voluntaria sobre desaparecidos
Declaración de ausencia legal, Declaración judicial de fallecimiento
Derecho registral
Registro civil
Persona
Persona física
Ausencia, Emancipación, Incapacitación
Artículo 223
I. ¿NOMBRAMIENTO O DESIGNACIÓN?
Como residuo del anterior sistema de tutela de familia se reconoce el derecho de los padres de nombrar tutor, establecer órganos de fiscalización, así como designar las personas que hayan de integrarlos, u ordenar cualquier otra disposición sobre la persona o bienes de sus hijos menores o incapacitados. El simple tenor literal del precepto puede inducir a pensar que la facultad que se reconoce a los padres respecto de sus hijos menores o incapacitados es la de nombrarlos tutor, mientras que en cuanto a las personas que hayan de integrar los órganos de fiscalización sólo tienen la facultad de designación; sin embargo, tal interpretación no sería cierta. Los padres, en realidad, no tienen atribuida má...Try vLex for FREE for 3 days
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