Comentarios al Codigo Civil - Tomo IV, Vol 3º: Artículos 40 al final de la Ley del Registro Civil (2005)
Manuel Peña Bernaldo de Quirós - Letrado de la D.G.R.N.
Section: Capítulo IV. De la nacionalidad y vecindad civil
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Id. vLex: VLEX-252562
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I. Indicaciones generales.-II. Presunción de nacionalidad española.-III. Presunción de determinada vecindad civil.
Artículo 68 Sin perjuicio de lo dispuesto en el título I, libro I, del Código civil y en tanto no conste la extranjería de los padres, se presumen españoles los nacidos...
COMMENT
Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil.
Artículo 68
I. INDICACIONES GENERALES En la Introducción a los comentarios del presente capítulo exponíamos cómo el Registro Civil no proporciona prueba completa ni de que un sujeto tiene en la actualidad la nacionalidad española ni de que tiene determinada vecindad civil. Pues bien, precisamente porque el Registro no proporciona esa prueba el legislador, cuando en 1957 da una nueva regulación de ese Registro, se propuso facilitar, por otros caminos, la prueba de la nacionalidad (cfr. Exposición de Motivos de la L. R. C., VII, fine) y de la vecindad civil. Con este fin, la L. R. C. de 1957 estableció dos presuncio...
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