LEY 52/1997, de 27 de Noviembre, de asistencia jurídica al Estado e Instituciones públicas.
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La proclamación constitucional en los artículos 103 y 106 de los principios de sometimiento pleno de la Administración Pública a la Ley y al Derecho y de universalidad del control jurisdiccional de la actividad administrativa, junto con un creciente grado de conciencia ciudadana acerca de los medios previstos por el ordenamiento jurídico para la tutela de los derechos y libertades, han venido a dar lugar en los últimos años a un importantísimo crecimiento del siempre ingente volumen de procesos judiciales en que son parte las diversas Administraciones públicas, configurándose, en lo que al Estado se refiere, un panorama litigioso de volumen e intensidad desconocidos en épocas anteriores.
Paralela y, a la vez, simétricamente a ello, las exigencias de una Administración pública, a la par que respetuosa con el Derecho, eficaz en todos los ámbitos de su actuación, imponen la necesidad de dotar a aquélla de medios adecuados y suficientes a la hora de hacer valer sus derechos e intereses ante los Tribunales de Justicia. Dicho de otro modo: la configuración de los instrumentos normativos, institucionales y personales susceptibles de garantizar que la sujeción de la actuación estatal al Derecho se vea correspondida con una eficaz tutela de sus intereses cuando ta...
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