Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 21, October 2004
J. P. Moraleda & F. S. Rodríguez - Profesores de Derecho Administrativo en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UCLM
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I. INTRODUCCIÓN. II. LA ALTERNATIVA DE LAS DISTINTAS FORMAS DE AUTORREGULACIÓN: 1. VOLUNTARIEDAD DE PERTENENCIA AL SECTOR AUTORREGULADO. 2. LA COACTIVIDAD EN LOS SISTEMAS AUTORREGULATORIOS. 3. EFICACIA DE LOS SISTEMAS DE AUTORREGULACIÓN. III. CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE LA AUTORREGULACIÓN APLICADA AL CASO DE INTERNET: 1. LA COMPLEJIDAD DEL SISTEMA AUTORREGULADO: 1.1. El elemento técnico: la complejidad técnica como base para la autorregulación. 2. ORIGINALIDAD DE LA AUTORREGULACIÓN ATENDIENDO A SU ORIGEN. 3. LA RESISTENCIA INTERNAUTA A LA REGULACIÓN. 4. DE MOMENTO, IMPOSIBILIDAD MANIFIESTA DE REGULACIÓN. IV. LA AUTORREGULACIÓN DE INTERNET EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL. V. LA UNIÓN EUROPEA ANTE EL FENÓMENO DE LA AUTORREGULACIÓN. VI. LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA COMO MECANISMO DE AUTORREGULACIÓN EN INTERNET. VII. BIBLIOGRAFÍA.

Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
LEY 12/1997, de 24 de Abril, de Liberalizacion de las Telecomunicaciones. de 24 de Abril, de Liberalizacion de las Telecomunicaciones.
LEY 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones. de 24 de abril, General de Telecomunicaciones.
Autorregulación en internet
I. INTRODUCCIÓN
La autorregulación es un fenómeno que está adquiriendo dimensiones extraordinarias, sobre todo debido a la implicación que las Administraciones Públicas están asumiendo en diversos campos -no solamente en el de las telecomunicaciones-, en relación con este fenómeno. Es más, son las Administraciones Públicas las que de forma directa o indirecta, según los supuestos, están fomentando el recurso a la institución autorreguladora. En este sentido se podría hablar de una influencia decisiva del sector privado sobre el sector público en determinadas áreas o sectores cuya asunción por los poderes públicos se convierte en un elemento relevante y cuyas consecuencias o alcances todavía no han sido valorados de forma objetiva e individualizada si nos atenemos a los múltiples sectores en donde la autorregulación se ha desarrollado de forma vigorosa y ha alcanzado cuotas que nos hacen pensar en una referencia forzada de la Administración Pública respecto del ámbito privado. Ahora bien, si bien no vamos a estudiar los orígenes de la autorregulación en un sentido amplio, porque dicha pretensión escaparía de nuestras pretensiones, si deseamos hacer especial hincapié en el hecho de que los orígenes en Internet no se han debido a causas de índole técnico, como por ejemplo se podría argumentar en sectores como medio ambiente, sino a un nacimiento espontáneo que desde un primer momento se ha querido sentir totalmente desvinculado de los poderes públicos, hecho que, con el tiempo, ha formado una serie de estructuras tecnológicas virtuales de muy difícil aprensión para la Administración Pública. Internet se ha comportado como esa fiera indomable en la que han convergido fuerzas económicas, sociales, culturales, tecnológicas, etc, motivo por el cual se han tenido que crear autorregulaciones simples en origen, por supuesto, ajenas a cualquier control que no tuviese indicativos virtuales. ¿Qué es entonces lo que ha ocurrido? Sencillamente que los Estados se han dado cuenta de la incuestionable importancia que ha adquirido la Red en todo el Planeta y que, por supuesto, estando inmersos en ella, no han querido verse ajenos a la realidad de esta peculiar realidad, la virtual. Dada esta situación, los Estados, incluyendo organizaciones de carácter supranacional como, por ejemplo, la Unión Europea, al intentar imponer o establecer un sistema normativo preciso que se configure desde la regulación positiva tradicional, han visto de tal forma contestadas sus propuestas de autorregulación, que no han tenido más remedio que admitir que ciertos ámbitos queden, al menos de momento, sujetos a una autorregulación consentida. Desde nuestro punto de vista, creemos que este consentimiento más o menos forzado supone, como algunos autores han indicado, entre los que podemos destacar a ESTEVE PARDO1, un creciente riesgo, dado que, como indica el profesor, «sobre la necesidad de regulación de esos poderes existe un amplio consenso social que aumenta a medida que se conoce -en no pocos casos, lamentablemente, tras amargas experiencias- su verdadero potencial»2. La consecuencia inmediata de todo esto es el establecimiento, o si se quiere, la nueva orientación y compromiso que ha adquirido el Derecho conforme a los parámetros sociales y culturales en los que se ha desarrollado Internet3. II. LA ALTERNATIVA DE LAS DISTINTAS FORMAS DE AUTORREGULACIÓN El fenómeno de la autorregulaci...Try vLex for FREE for 3 days
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