Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente - Nbr. 163, July 1998
Carlos Blanco Lozano. - Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Penal. Universidad de Sevilla.
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Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículo 327
Responsabilidad civil
Daños
Daños ambientales
Derecho administrativo especial
Derecho urbanístico, Medio ambiente
Delitos
Delitos contra el medio ambiente
Bases para la determinación del perjuicio ecológico en el Derecho Penal Español.
I. LA VICTIMA AMBIENTAL
La criminalidad ecológica ha llegado a alcanzar en la actualidad altas cotas de resonancia social por numerosas y muy diversas razones (Ref. ). En primer lugar, por motivos de espacio y de tiempo en este foro, y situándonos en el plano de las más básicas generalidades, puede citarse la que debe considerarse a nuestro juicio como fundamento de todas las demás causas del auge social experimentado, sobre todo a partir de comienzos de la década de los setenta (Ref. ), por la preocupación ambiental, por la denominada conciencia ambiental o ambientalista (Ref. ). Tal causa, primera y última justificante de esta generalizada inquietud social, no es otra que el deterioro del entorno a raíz del uso y abuso que, especialmente en los dos últimos siglos y a consecuencia de las revoluciones industrial y tecnológica, han venido padeciendo los recursos naturales (Ref. ). Tal incidencia, negativa sobre el medio, de la lucha del hombre por conquistar y someter a la naturaleza en aras de un mayor bienestar, muchas veces puramente imaginario, cuando no simplemente económico, en muchos casos no ha podido ser más ...Try vLex for FREE for 3 days
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