Banca de Empresa - Nbr. 76, July 2004
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/basilea-ii-riesgo-operacional-227117
Id. vLex: VLEX-227117
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días
Actividad bancaria
Organización bancaria
Banca
Mercados financieros
Derecho cambiario
APELA??O C?VEL
A??O DE COBRAN?A
EXPURGOS INFLACION?RIOS
PLANO BRESSER, VER?O, COLLOR I E II
CADERNETA DE POUPAN?A -LEGITIMIDADE DA INSTITUI??O FINANCEIRA DEPOSIT?RIA
SUCESS?O
HSBC BANK DO BRASIL ADQUIRIU ATIVO E PASSIVO DO BANCO BAMERINDUS
PRESCRI??O VINTEN?RIA
JUROS REMUNERAT?RIOS
Derecho mercantil
Derecho bancario
Basilea II y el riesgo operacional
La aplicación de este acuerdo será gradual y cada entidad podrá elegir entre modelos sofisticados para calcular el capital requerido, o los más sencillos. Los estudios realizados por la Unión Europea que comparan en una amplia muestra de bancos las exigencias de capital actuales con las de Basilea II indican que el nuevo acuerdo beneficia al conjunto de la muestra. El efecto es especialmente importante en la banca minorista. No obstante, hay que tener en cuenta que la reducción de capital no es automática. El acuerdo de Basilea se compone de tres pilares: uno, la exigencia de capital; dos, la supervisión del banco central, que tiene facultades para modificar el capital necesario, y tres, la disciplina de mercado.
Las principales repercusiones para la gestión de los bancos estarán en los siguientes campos: - La rentabilidad obtenida será diferente por la incorporación del nuevo coste del riesgo y porque a menor exigencia de capital habrá mayores posibilidades para crecer. - La visión y el atractivo de las unidades de negocio de las entidades variará a la luz de la nueva medición. - La exigencia de capital de un banco reflejará más fielmente el perfil de riesgos del mismo e influirá en la valoración de mercado. - La contabilidad y los criterio de valoración deberán adaptarse a Basilea II. - El control interno, las relaciones con los supervisores y los mercados serán más exigentes. 1. NACIMIENTO DE BASILEA II El pasado 26 de junio el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria (Comité de Basilea) culminó con su firma el conjunto de normas sobre adecuación de capital para los bancos con actividad internacional (Basilea II), una normativa que revisa de modo sustancial los estándares de capital en vigor actualmente. Después de diez años de funcionamiento, el marco de Basilea I, que había dado respuestas sencillas a la realidad del momento, no respondía a la evolución de la actividad financiera. Basilea I surgió como respuesta a las quejas de algunas entidades norteamericanas por las diferencias en competitividad que generaban los niveles de capital requerido en Europa y Estados Unidos. Las nuevas tecnologías al servicio de la banca, la mayor integración financiera y la creación de nuevos instrumentos hicieron que este acuerdo perdiera vigencia. Por un lado, al clasificar los activos con diferentes niveles de riesgo bajo una misma tipología, las entidades empezaron a hacer arbitraje regulatorio, concentrándose en operaciones de mayor riesgo que requerían menos capital. También podían eludir las normas de capital exigido mediante titulizaciones, ya que a pesar de mantener los activos dentro del balance era posible ignorarlos a la hora de medir la exposición al riesgo. A todo esto hay que sumar que la crisis financiera en Rusia y Asia evidenció el atraso que presentaba la regulación frente a la realidad del sector financiero en la toma de riesgos. Por esa razón, en 199 se publicaron los principios básicos de supervisión bancaria, un anticipo de lo que hoy se conoce como Basilea II. 1.1. Antecedentes históricos En 1930 se fundó el Banco de Pagos Internacionales, con la finalidad de convertirse en “el banco de...Try vLex for FREE for 3 days
Access legal information from Spain including:
Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.
3
days of Free Access
If you are already a vLex customer, Access Here