Blanqueo de Capitales

Delitos económicos. La respuesta penal a los rendimientos de la delincuencia económica (2008)

Jesús Pórfilo Trillo Navarro - Doctor en Derecho
Section: Beneficio delictivo de los responsables penales y organizaciones delictivas en la criminalidad de la globalización
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1. Regulación. 2. Definición. 3. Tipo y elementos. Doctrina del Tribunal Supremo. 3.1. Tipo objetivo y subjetivo. 3.2. Procedencia típica, conexión subjetiva e imputación objetiva. Inferencia. 3.3. Pertenencia a organización criminal. 3.4. Testaferros. 3.5. Organizaciones y asociaciones adláteres de bandas terroristas. 3.6. Régimen concursal y nom nbis in idem del tipo cualificado conexo con delito contra la salud pública.

Headnotes:

Extract:

Blanqueo de Capitales

1. Regulación

En evitación de que activos patrimoniales procedentes del delito, principalmente en relación a organizaciones criminales, se integren en el circuito económico legal y que pese a su origen, destino y aplicación sea imposible su confi scación, el ordenamiento obliga a determinados colectivos, que por su actividad se vinculan a operaciones de tráfico jurídico y mercantil, a poner en conocimiento de los servicios de inspección una serie de operaciones en función de la cuantía o que resultaren sospechosas de tener un origen delictivo.

El artículo 1.2 de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de blanqueo de capitales, modifi cada por la Ley 19/2003, de 4 de julio, relativa a régimen jurídico de movimientos de capitales, transacciones económicas con el exterior y medidas para la prevención del blanqueo de capitales, que desarrolla la Directiva 91/308 CEE, de 10 de junio, define el banqueo de capitales en los siguientes términos: "...a los efectos de la presente Ley se entenderá por blanqueo de capitales la adquisición, utilización, conversión o transmisión de bienes que procedan de alguna de las actividades enumeradas en el apartado anterior -narcotráfi co, terrorismo o delincuencia organizada que hoy se conforma, en la nueva redacción, como procedentes de cualquier tipo de participación delictiva en la comisión de un delito castigado con pena de prisión superior a tres años- o de participación en las mismas, para ocultar o encubrir su origen, o ayudar a la persona que haya participado en la actividad delictiva a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos, así como la ocultación o encubrimiento de su verdadera naturaleza, origen, localización, disp...



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