BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, July 03, 2009 (Nbr. 128)
1. Disposiciones Generales - CONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 13 , 38 , 42
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. - Artículo 30
Orden de 18 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la bonificación del tipo de interés de los préstamos previstos en el Plan de Renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo), del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
El Consejo de Ministros en su reunión del 21 de noviembre de 2008, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, adoptó el Acuerdo de 21 de noviembre de 2008, modificado por el de 29 de mayo de 2009, por el que se establece la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan de Renovación de Instalaciones Turísticas (Plan Renove Turismo), del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (BOE núm. 289 de 1 de diciembre de 2008, y núm.. 140, de 10 de junio de 2009).
En el citado Acuerdo se establece, en su artículo segundo, que los préstamos irán destinados a: las empresas propietarias o que exploten establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos turísticos y alojamientos rurales; las empresas propietarias o que exploten establecimientos de restauración; las empresas propietarias o que exploten agencias de viajes y las empresas propietarias o que exploten establecimientos de oferta turística complementaria. El citado Programa se articulará con la colaboración del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que actuará como intermediario financiero encargado de gestionar los fondos cedidos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio destinados a financiar los préstamos a otorgar por las entidades de crédito colaboradoras a los beneficiarios del Plan. La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, a través de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, y con cargo a sus créditos presupuestarios, va a potenciar esta concesión de préstamos bonificando el tipo de interés a las empresas que se acojan a los préstamos que se concedan en virtud del Plan de Renovación de Instalaciones Turísticas. En su virtud, de conformidad con el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. DISPONGO CAPÍTULO I Objeto, ámbito y delegación de competencias Artículo 1. Objeto y régimen jurídico. 1. La presente Orden tiene por objeto...Try vLex for FREE for 3 days
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