Breves reflexiones sobre las prendas sobre créditos sin desplazamiento posesorio tras la reforma de la ley del mercado hipotecario

Revista Crítica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 708, July - August 2008

Francisco Redondo Trigo - Doctor en Derecho Abogado
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Prenda sin desplazamiento

La Ley 41/2007, de Reforma del Mercado Hipotecario, ha modificado el artículo 54 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento, dando cabida a las prendas sobre derechos sin desplazamiento; nueva figura que ya ha sido tratada por la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 18 de marzo de 2008, respondiendo a dos consultas privadas sobre la coexistencia de la nueva prenda sin desplazamiento sobre créditos con la tradicional prenda posesoria.

Pledge Without Bailment

Act 41/2007 reforming the mortgage market amended article 54 of the Act on the Chattel Mortgage and Pledge Without Bailment, making a place for pledges of rights without bailment. This is a new figure that was discussed by the Directorate-General of Registries and Notarial Affairs’ Decision of 18 March 2008 in reply to two private inquiries about the coexistence of the new pledge without bailment on credits and the traditional possessory pledge.

Citations:

Headnotes:

Extract:

Breves reflexiones sobre las prendas sobre créditos sin desplazamiento posesorio tras la reforma de la ley del mercado hipotecario

I. La reforma

La Disposición Final tercera de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria, llevó a cabo la modificación de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, de 16 de diciembre de 1954, en los siguientes términos:

1. Se modifica el artículo 2 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de posesión, de 16 de diciembre de 1954, que queda redactado del siguiente modo:

«1. (nuevo). Carecerá de eficacia el pacto de no volver a hipotecar o pignorar los bienes ya hipotecados o pignorados, por lo que podrá constituirse hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión sobre bienes que ya estuvieren hipotecados o pignorados, aunque lo estén con el pacto de no volver a hipotecar o pignorar.

También podrá constituirse hipoteca mobiliaria o prenda sin desplazamiento sobre el mismo derecho de hipoteca o prenda y sobre bienes embargados o cuyo precio de adquisición no se hallare íntegramente satisfecho.

El presente apartado carecerá de efectos retroactivos».

2. Se introduce un párrafo 4 al artículo 8 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de posesión, de 16 de diciembre de 1954, con el siguiente tenor:

«Los créditos garantizados con hipoteca mobiliaria o prenda sin desplazamiento podrán servir de cobertura a las emisiones de títulos del mercado secundario».

3. Se introducen los párrafos 2 y 3 al artículo 54 de la...



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