Anales de la Academia Matritense del Notariado - Anales de la Academia Matritense del Notariado, Tomo XXIX (2005)
José María Miquel González - Catedrático de Derecho Civil
Section: Sumario
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Obligaciones
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La buena fe y su concreción en el ámbito del derecho civil. Conferencia pronunciada en la Academia Matritense del Notariado el día 11 de diciembre de 1996
LA BUENA FE Y SU CONCRECIÓN EN EL ÁMBITO DEL DERECHO CIVIL
CONFERENCIA pronunciada en la academia Matritense del Notariado el día 11 de diciembre de 1986 POR D. JOSÉ MARÍA MIQUEL GONZÁLEZ Catedrático de Derecho Civil El principio de la buena fe, reconocido universalmente, alcanza entre nosotros una importancia creciente, como revelan la reforma del título preliminar de 1974, su aplicación por los Tribunales y la atención que la doctrina le dedica. Mas el concepto de buena fe, como se ha dicho autorizadamente por Díez-Picazo, «es uno de los más difíciles de aprehender del Derecho Civil y además uno de los conceptos jurídicos que ha dado lugar a más larga y apasionada polémica» (1). Las dificultades no son sólo de comprensión y exposición de un principio que tiene tan vastas aplicaciones, sino que también derivan de la variedad de las situaciones con peculiares matices valorativos. En otro orden de ideas, la proliferación de las cláusulas generales, como equidad, abuso, buena fe, conduce a una potenciación del arbitrio judicial, que si bien está llamado a cumplir una importante tarea en la concreción del principio, puede caer en la tentación de acumular simplemente menciones de dichas cláusulas, sin desarrollar una concreta y precisa fundamentación tal como requiere la naturaleza de todo principio general. Una acumulación semejante de alusiones a las cláusulas generales, concretamente de la buena fe, abuso y equidad se produce en la importante sentencia de 13 de junio de 1986 sobre pérdida de los derechos de viudedad aragonesa y de la sociedad conyugal tácita en caso de una larga separación de hecho (2). Es preciso advertir que una sentencia que tan sólo mencione, o reproduzca, el párrafo primero del artículo 7, en puridad, no contiene una fundamentación de su decisión por la extremada vaguedad y abstracción del mismo. Se requiere que precise en qué consiste el ejercicio del derecho contrario a la buena fe y la consecuencia jurídica que de ello se deriva. Son necesarios desarrollos tal co...Try vLex for FREE for 3 days
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