¿Puede coexistir la suspensión de ejecución de la deuda tributaria, entendida como medida cautelar, con la concesión del aplazamiento o fraccionamiento de la misma?

Nueva Fiscalidad - Nbr. 6-2008, November 2008

Juan Calvo Vergez - Doctor en Derecho -Área de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de León
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El presente trabajo analiza la eventual procedencia de una aplicación simultánea de los mecanismos relativos a la solicitud de aplazamiento-fraccionamiento de una deuda tributaria y a la suspensión de la ejecución de una liquidación en el seno de un procedimiento impugnatorio. Tras una delimitación preliminar de la cuestión, se procede al análisis de la misma a la luz de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2007, así como de una Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 28 de marzo de 2007.

Citations:

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Extract:

¿Puede coexistir la suspensión de ejecución de la deuda tributaria, entendida como medida cautelar, con la concesión del aplazamiento o fraccionamiento de la misma?

PALABRAS CLAVE: pago, período voluntario, período ejecutivo, aplazamiento, fraccionamiento, interés de demora, suspensión, medida cautelar.

Como es sobradamente conocido el pago de la deuda tributaria puede tener lugar dentro del llamado período voluntario o fuera de él. En este último supuesto la recaudación del crédito tributario se llevará a cabo en período ejecutivo, situación que se produce desde el instante en que la Administración tributaria tiene conocimiento de la existencia de una deuda líquida, vencida, exigible y no satisfecha en período voluntario.1

Por otra parte constituye un hecho innegable que todo análisis que pretenda realizarse de los aspectos temporales del pago debe tener lugar al hilo del estudio del procedimiento de recaudación de los tributos ya que, al menos desde un punto de vista conceptual, aquéllos forman parte de los aspectos procedimentales de la recaudación. En efecto, la realización del pago de la deuda en período voluntario o en vía ejecutiva ofrece diferencias sustanciales que han de ser estudiadas dentro del procedimiento de recaudación.

Con carácter general la posibilidad de solicitar el aplazamiento en el pago de las deudas tributarias, con o sin fraccionamiento del mismo, aparece recogida en el art. 65 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), sin perjuicio de...



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